2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

VIÑA SAN PEDRO TARAPACÁ S.A. / COMERCIAL MARGARITA CARRASCO AGASS E.I.R.L.

Rol

Fecha

5 de febrero de 2026

Materia

RECONOCIMIENTO FIRMA,CITACIÓN Y CONFESIÓN DE DEUDA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Que atendido que la materia ingresada por el recurrente es “reconocimiento de firma, citación y confesión de deuda” la que se corresponde con la pretensión del libelo interpuesto en autos, toda vez que los documentos fundantes son cheques protestados por “firma disconforme”, lo que no permite su ingreso de acuerdo a lo dispuesto en el DFL 707 sobre Ley de Cuentas Corrientes y Cheques, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de diecinueve de agosto de dos mil veinticinco, dictada en autos Rol C-3160-2025, por el Segundo Juzgado Civil de San Miguel, y se declara que el juez no inhabilitado que corresponda deberá disponer lo pertinente para dar curso a los autos. Devuélvase. N°Civil-1818-2025.

Fallo

se declara que el juez no inhabilitado que corresponda deberá disponer lo pertinente para dar curso a los autos. Devuélvase. N°Civil-1818-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de San Miguel San Miguel, cinco de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Que atendido que la materia ingresada por el recurrente es “reconocimiento de firma, citación y confesión de deuda” la que se corresponde con la pretensión del libelo interpuesto en autos, toda vez que los documentos fundantes son cheques protestados por “firma disconforme”, lo que no permite su ingreso de acuerdo a lo

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