MP C/ YONEIBERT DELFINO ABREU SANCHEZ
Rol
Fecha
5 de febrero de 2026
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y OÍDOS: 1º) Que, la defensa del imputado Yoneibert Delfino Abreu Sánchez, apela de la resolución dictada en audiencia de veintinueve de enero pasado, que decretó la prisión preventiva del mencionado encausado, cuestionando los presupuestos materiales de las letras b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2º) Que en lo concerniente a la letra b) de la citada disposición legal, cabe señalar que conforme a los antecedentes expuestos en esta audiencia por los intervinientes, no obstante que el imputado Abreu Sánchez fue detenido en las afueras del domicilio donde se efectúo la diligencia de entrada y registro, dos funcionarios policiales que participaron en el procedimiento señalaron que el dormitorio donde se encontró la mayoría de la sustancia estupefaciente era ocupado por éste; de la misma manera se encontró prendas de vestir que le pertenecían y en el bolso que portaba al momento de su detención dinero con billetes de distinta denominación, elementos de juicio que son suficientes para presumir fundadamente que ha tenido participación en los hechos ilícitos por los cuales ha sido formalizado. 3°) Que respecto a la necesidad de cautela y al tenor de lo dispuesto en la letra c) del mencionado artículo 140, del mérito de los antecedentes vertidos en esta audiencia aparece que la prisión preventiva que ha sido decretada es la medida cautelar proporcional y eficaz para el cumplimiento de los fines de la misma, en tanto la libertad del imputado efectivamente constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo especialmente presente que, como lo indica la resolución en alzada, el encausado mantiene causas pendientes de la misma naturaleza, con medidas cautelares vigentes al momento de cometer el hecho investigado en estos antecedentes, lo cual demuestra que medidas cautelares de menor intensidad no han sido suficientes para los fines del procedimiento,
Fundamentos
considerando igualmente la naturaleza de la droga incautada, así como la modalidad de ejecución del delito formalizado, y que éste fue cometido en grupo o pandilla.
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 149, y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veintinueve de enero de dos mil veintiséis, por el Juzgado de Letras y Garantía de Laja, mediante la cual se decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Yoneibert Delfino Abreu Sánchez. Comuníquese y devuélvase. A los comparecientes se les tiene por notificados de la resolución precedente, por estar presentes en la videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. Rol 166-2026 Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CFR/ari Concepción, cinco de febrero de dos mil veintiséis. VISTO Y OÍDOS: 1º) Que, la defensa del imputado Yoneibert Delfino Abreu Sánchez, apela de la resolución dictada en audiencia de veintinueve de enero pasado, que decretó la prisión preventiva del mencionado encausado, cuestionando los presupuestos materiales de las letras b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Pen
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