VERGARA/ZÚÑIGA
Rol
Fecha
5 de febrero de 2026
Materia
MONITORIO, COBRO RENTAS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor a la demanda monitoria, cuyo no es el caso de autos, toda vez que se recurre de aquella que rechazó la objeción a la liquidación del crédito, por lo que se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución del pasado veintidós de enero, dictada en la causa rol C-1819-2025 del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo. Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese. Rol N°307-2026 Civil
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución del pasado veintidós de enero, dictada en la causa rol C-1819-2025 del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo. Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese. Rol N°307-2026 Civil
Texto Completo (Preview)
CH (adb) San Miguel, cinco de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor a la demanda monitoria, cuyo no es el caso de autos, toda vez que se recurre de aquella que rechazó la objeción a la liqui
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