2º JUZGADO DE LETRAS DE SAN BERNARDO

VERGARA/ZÚÑIGA

Rol

Fecha

5 de febrero de 2026

Materia

MONITORIO, COBRO RENTAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor a la demanda monitoria, cuyo no es el caso de autos, toda vez que se recurre de aquella que rechazó la objeción a la liquidación del crédito, por lo que se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución del pasado veintidós de enero, dictada en la causa rol C-1819-2025 del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo.  Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese.  Rol N°307-2026 Civil

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución del pasado veintidós de enero, dictada en la causa rol C-1819-2025 del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo.  Devuélvase por interconexión y, hecho, archívese.  Rol N°307-2026 Civil

Texto Completo (Preview)

CH (adb) San Miguel, cinco de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor a la demanda monitoria, cuyo no es el caso de autos, toda vez que se recurre de aquella que rechazó la objeción a la liqui

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