JUZGADO DE FAMILIA COLINA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

5 de febrero de 2026

Materia

AUTORIZACION PARA ENAJENAR BIENES RAICES

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, constatando que la demanda presentada en autos cumple con los requisitos formales para ser legalmente admisible, sin que se desprenda de su tenor que ésta pueda resultar manifiestamente inadmisible en los términos establecidos en el artículo 54-1 de la Ley 19.968, correspondiendo la decisión adoptada por el Tribunal a un pronunciamiento sobre el fondo de la solicitud que resulta improcedente en este estadio procesal. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968 y artículos 227 y 187, ambos del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintitrés de...

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968 y artículos 227 y 187, ambos del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintitrés de...

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, constatando que la demanda presentada en autos cumple con los requisitos formales para ser legalmente admisible, sin que se desprenda de su tenor que ésta pueda resultar manifiestamente inadmisible en los términos establecidos en el artículo 54-1 de la Ley 19.968, correspondiendo la decisión adoptada

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