JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ MIGUEL ANGEL FLORES MAYOR

Rol

Fecha

4 de febrero de 2026

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.

Resultado

DESISTIDA

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Hechos

VISTO:   Téngase por DESITIDO al abogado defensor don Wladimir Robles Santos, del recurso de apelación deducido en contra de resolución dictada en audiencia de veinticinco de enero del año en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Miguel Ángel Flores Mayor.  Comuníquese vía interconexión.   Rol N° 87-2026 Penal.      La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa.   Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Fallo

Se declara admisible el recurso de apelación elevado al conocimiento de este Tribunal de Alzada en folio 1.   Resolviendo los escritos de folios 4 y 5: A todo, téngase presente.    Previa deliberación se ha resuelto lo siguiente:   VISTO:   Téngase por DESITIDO al abogado defensor don Wladimir Robles Santos, del recurso de apelación deducido en contra de resolución dictada en audiencia de veinticinco de enero del año en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Miguel Ángel Flores Mayor.  Comuníquese vía interconexión.   Rol N° 87-2026 Penal.      La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa.   Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica.   Arica, cuatro de febrero de dos mil veintiséis.   Sala: Verano  Rol: 87-2026 Penal   Ruc: 2600118026-5  RIT: 558-2026  Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica     Integrantes: ministro señor Marco Flores Leyton, ministra señora Juana Ríos Meza y ministra señora Nora Bahamondes Acevedo.  Relator (a): Jacqueline Cofré García  Digitador (a): Adrián Sánchez Cam

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