SERVIU METROPOLITANO/ (LTE)
Rol
Fecha
4 de febrero de 2026
Materia
EXPROPIACIÓN,RECLAMACIÓN INDENMIZACIÓN ART. D.L. 2.186
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se eliminan de la sentencia en alzada sus
Fundamentos
considerandos Séptimo y Octavo. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que el recurso de apelación se dirige contra la sentencia de primera instancia que rechazó la reclamación dirigida contra el monto provisional de expropiación, por una supuesta falta de legitimación activa declarada de oficio por el tribunal, al estimar que no se acreditó legalmente el dominio del inmueble expropiado, correspondiente al Lote N° 368 ubicado en Avenida Independencia N° 4.227 de la comuna de Conchalí. Segundo: Que, contrario a lo anterior, esta Corte advierte que la propiedad del inmueble por parte de la Sociedad Comercial Sama Limitada consta en el cuaderno de consignación Rol V-29-2017, el cual constituye el antecedente directo y necesario del presente proceso contencioso. En dicho cuaderno consta la inscripción de dominio a fojas 1080, número 587, del Registro de Comercio de Santiago y las certificaciones del Conservador de Bienes Raíces. Más aún, fue acompañado en esta instancia, a lo que suma que la propia entidad expropiante, SERVIU Metropolitano, reconoció la calidad de propietaria de la reclamante al consignar el monto provisional a su nombre, por lo que no cabe sostener una falta de legitimación que impida el pronunciamiento de fondo. Tercero: Que, en consecuencia, procede analizar el mérito de la reclamación sobre el monto indemnizatorio, el que tiene como origen la Resolución Exenta N° 5.780 de 22 de noviembre de 2016, del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano, que dispuso la expropiación parcial del inmueble ubicado en Avenida Independencia N° 4.227, comuna de Conchalí, identificado como Lote N° 368, Rol Avalúo N° 2465-14, para la ejecución del proyecto "Habilitación Corredor de Transporte Público Independencia". Cuarto: Que es del caso que la Comisión de Peritos designada al efecto determinó, con fecha 29 de diciembre de 2015, una indemnización provisional ascendente a la suma de $42.484.025, desglosada en $31.429.123 por concepto de terreno (106,84 m2 a $294.170/m2), $10.594.902 por obras complementarias y $460.000 por otros conceptos. Consideró al efecto 5 valores referenciales: 4 ubicados en la Comuna de Conchalí y 1 en Av. Independencia/Francia. Asimismo, consigna la Comisión, en cuanto a las características del sector de tasación, que se inserta en el principal eje vial urbano que comunica el Centro de Santiago con la comuna de Conchalí, que corresponde a un sector consolidado, el cual cuenta con urbanización completa y buena conectividad vial y de transporte público. El agravio del reclamante se centra exclusivamente en el valor asignado al metro cuadrado de terreno -faja de terreno que sirve de estacionamiento- fundada en el informe evacuado por la perito doña Carla Cisterna Carlsson, principalmente, por encontrarse emplazado en una zona altamente comercial y referenciales considerados al efecto. Quinto: Que para determinar el valor real del suelo expropiado, esta Corte debe atenerse a lo preceptuado en el artículo 428 del
Fallo
Por estas consideraciones, de conformidad además con lo previsto en el precepto reseñado y visto, además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro, en cuanto rechaza la reclamación deducida con fecha 24 de febrero de 2018 por parte de la Sociedad Comercial Sama Limitada. Regístrese y comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Redacción de la ministra señora Barrientos Guerrero. Civil N°12.809-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Se eliminan de la sentencia en alzada sus considerandos Séptimo y Octavo. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que el recurso de apelación se dirige contra la sentencia de primera instancia que rechazó la reclamación dirigida contra el monto provisional de expropiación, por una supuesta falta de legitimación activa
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