MP C/ FRANCISCO JAVIER APABLAZA PEREDA
Rol
Fecha
4 de febrero de 2026
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Franco Andrés Delgado Triviño. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado respecto del delito de robo en lugar no habitado, lo cual se corrobora con el parte policial de detención, la declaración de los funcionarios aprehensores, que da cuenta de la detención en flagrancia, el hallazgo de instrumentos utilizados para el descerrajamiento y un inhibidor de señal, la recuperación de especies sustraídas fuera del local comercial, el levantamiento fotográfico de la fractura de la puerta de acceso y los daños causados al sistema de cámaras de seguridad del local. 3°) Que, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración la naturaleza del delito por el cual fue formalizada la investigación, la forma de comisión, la existencia de anotaciones prontuariales previas por delitos de la misma naturaleza, el actuar en grupo o pandilla, la prognosis de pena y su eventual forma de cumplimiento en caso de condena, son antecedentes que permiten estimar que la libertad del imputado, por medio de la aplicación de una cautelar menos gravosa, importa un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estos
Fundamentos
fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha veintiocho de enero del año en curso pronunciada por el Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Miguel Ángel García Herrera, que dispuso la medida cautelar prisión preventiva respecto del imputado Franco Andrés Delgado Triviño. Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal N°137-2026.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cuatro de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Franco Andrés Delgado Triviño. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los
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