JUZGADO DE GARANTIA DE MELIPILLA

MP.C/DARWIN KEVIN SEPÚLVEDA TOLOSA.

Rol

Fecha

31 de enero de 2026

Materia

FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Primero: Que, del mérito de los antecedentes, es posible concluir que, por ahora, no se han aportado antecedentes que permitan hacer una prognosis jurídica, en orden a que se pudiere alterar la calificación jurídica que se hizo primigeniamente de estos hechos. Segundo: Que, en lo que toca a la letra c) de la misma norma, no se han aportado antecedentes nuevos y calificados que permitan alterar las conclusiones tenidas a la vista por esta Corte al momento de decretar la prisión preventiva del imputado, encontrándose ya en los antecedentes la calificación de las lesiones sufridas por la afectada, por lo cual, la expectativa de que esa calificación varíe con la diligencia pendiente ante el Servicio Médico Legal, no constituye un antecedente nuevo que permita alterar las conclusiones anteriores. Tercero: Que, por otra parte, la retractación de la imputada parece poco verosímil, porque no se compadece con los elementos objetivos que obran en la carpeta investigativa, no habiendo antecedente médico que corrobore la alegación de la defensa en cuanto que haya existido alguna suerte de acometimiento recíproco y, esta retractación tampoco es un antecedente nuevo, siendo usual que en que en estos contextos intrafamiliares, se produzca la retractación de la afectada, por la fenomenología ampliamente estudiada de esta clase de agresiones, por lo que no constituye un obstáculo que invalide las conclusiones anteriores. Cuarto: Que entonces, se disiente de la defensa, en cuanto sostiene que el mero transcurso del tiempo sea un antecedente nuevo que permita modificar lo antes resuelto, porque en nada altera la gravedad del hecho que se le imputa al enjuiciado, la severidad de la pena asignada al delito por el que se ha formalizado la investigación, la eventual forma de cumplimiento de la misma y la entidad del bien jurídico tutelado, de lo que es posible concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la propia afectada y q

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución apelada de treinta de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que modificó la cautelar privativa de libertad por otras de menor intensidad y se declara que se mantiene la prisión preventiva del imputado Darwin Kevin Sepulveda Tolosa. Devuélvase. N° 336-2026-Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta y uno de enero de dos mil veintiséis. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-336-2026 Ruc: 2500460104-4 Rit: 955-2025 JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA Relatora: Constanza Retamal Maldonado Caratulado: MP.C/ DARWIN KEVIN SEPULVEDA TOLOSA Tipo de Recurso: Penal-cautelar personal. Escritos proveídos en audiencia: 1 San Miguel, treinta y uno de enero de dos mil veintiséis. Vistos: Primero

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica