/ILTMA CORTE APELACIONES PUERTO MONTT
Rol
Fecha
30 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1°) Sabina Mansilla Vásquez, abogada, Defensora Penal Pública, ejerce acción constitucional de amparo en favor de don Juan Radomiro Llancalahuen Naguelpani, y en contra de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt en causa ROL CORTE 1439-2025, el cual, mediante la resolución de fecha 20 de enero de 2026, resolvió no dar lugar solicitud de la defensa en cuanto a declarar la nulidad procesal de la resolución dictada con fecha 23 de diciembre de 2025. Señala que con fecha 23 de diciembre de 2025, se llevó a cabo la vista de la causa ROL 1439-2025, del recurso de apelación presentado por el ministerio público, instancia en que no compareció el defensor privado. Motivo por el cual la I. Corte de Apelaciones de Puerto Montt decidió de todas maneras llevar a cabo el respectivo alegato, sin haber declarado el abandono de la defensa. Con fecha 08 de enero de 2026, el ilustrísimo tribunal, falla a favor del ministerio público, revocando la pena sustitutiva que había sido concedida por el tribunal inferior. De lo anterior, esta defensa toma conocimiento con fecha 13 de enero de 2025, en virtud que el Juzgado de Letras y Garantía de Quellón, por un lado, notifica de esta resolución de alzada ordenando su cumplimiento. Posteriormente, con fecha 16 de enero del presente año el Juzgado de Letras de Garantía de Quellón despachó orden de detención en contra de su representado a efectos de ser trasladado al recinto penitenciario correspondiente para el cumplimiento de la condena. En este contexto, al no haberse declarado abandonada la defensa privada y no haberse designado a la defensoría penal pública, se cometió una infracción que impidió a su representado el pleno ejercicio de las garantías y de los derechos reconocidos por la Constitución y las leyes, configurándose así la presunción de derecho del perjuicio establecida en el art. 160 del Código Procesal Penal. Con fecha 20 de enero de 2026 la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt no resuelve la so
Fallo
Por lo expuesto, no observándose en el caso una acción ilegal y/o arbitraria, menos aún es posible considerarla como vulneratoria de la libertad personal o la seguridad individual de la parte por quien se recurre, no es posible acoger la presente acción constitucional de amparo. Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve que: SE RECHAZA el recurso de amparo. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-26-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, treinta de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Sabina Mansilla Vásquez, abogada, Defensora Penal Pública, ejerce acción constitucional de amparo en favor de don Juan Radomiro Llancalahuen Naguelpani, y en contra de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt en causa ROL CORTE 1439-2025, el cual, mediante la resolución de fecha 20 de enero de 2026, resolvió
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