SIN INFORMACION

JORGE ANDRES PONCE BADILLA/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

30 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Raúl Antonio Ponce Badilla, quien interpone recurso de amparo constitucional ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, en favor de su hermano Jorge Andrés Ponce Badilla, actualmente privado de libertad y recluido en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto, denunciando una situación que estima vulneratoria de la garantía constitucional consagrada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Señala, en lo sustancial, que el amparado padece una enfermedad de carácter grave, que le provoca vómitos y la imposibilidad de retener los alimentos, además de problemas dentales relevantes, sin que —a su juicio— haya recibido atención médica adecuada durante su reclusión. Expone que dicha situación ha deteriorado seriamente su estado de salud, poniendo en riesgo su integridad física e incluso su vida, agregando que en el recinto penitenciario no se le estarían brindando los tratamientos necesarios ni una atención hospitalaria oportuna. En razón de lo anterior, solicita a esta Corte que adopte las medidas que estime pertinentes para restablecer el imperio del derecho, en particular, que se disponga su traslado a otro recinto penitenciario, específicamente a la ex Penitenciaría o C.D.P. Santiago Sur, donde —según indica— podría acceder a una atención médica más adecuada, todo ello con el objeto de resguardar su derecho a la vida y a la integridad personal Segundo: Que comparece don Néstor Ricardo Rojas Pardo, abogado, en representación de Gendarmería de Chile, evacuando el informe requerido por esta Corte, quien señala que la acción de amparo se dirige contra dicho servicio por una supuesta omisión en relación con la situación de salud del amparado y la factibilidad de su traslado. Indica que, revisados los antecedentes penitenciarios y las variables administrativas pertinentes, sí resulta técnicamente posible acceder al traslado del interno Jorge Andrés Ponce Badilla al Centro de Dete

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San Miguel, treinta de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Raúl Antonio Ponce Badilla, quien interpone recurso de amparo constitucional ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, en favor de su hermano Jorge Andrés Ponce Badilla, actualmente privado de libertad y recluido en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto, denunciando

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