JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ CRISTOFER ANTONIO NEMPU ALVAREZ

Rol

Fecha

30 de enero de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado Garantía de Puerto Montt que no accedió a la medida cautelar de prisión preventiva solicitada en contra del imputado Cristofer Antonio Nempu Álvarez, imponiendo otras de menor entidad. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye al imputado, lo anterior en mérito de lo señalado en el parte policial, las diligencias investigativas consistentes en entregas vigiladas y agentes reveladores, así como su detención en flagrancia. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza del delito por el cual fue formalizada la presente investigación, esto es, es, tráfico ilícito de drogas del artículo 3 de la ley 20.000, la forma de comisión del mismo, la cantidad de droga incautada, el bien jurídico protegido, la prognosis de pena y la eventual forma de cumplimiento en caso de condena, configuran un peligro para la seguridad de la de la sociedad y de los fines del procedimiento que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su contra.  Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha veintinueve de enero del año dos mil veintiséis, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Miguel Ángel García Herrera respecto del imputado Cristofer Antonio Nempu Álvarez, decretándo

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha veintinueve de enero del año dos mil veintiséis, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Miguel Ángel García Herrera respecto del imputado Cristofer Antonio Nempu Álvarez, decretándose en su lugar la medida cautelar de prisión preventiva su contra. Acordado lo anterior con la prevención del Ministro Patricio Rondini Fernández-Dávila, quién concurre al voto de mayoría teniendo únicamente presente la falta de arraigo social y laboral del imputado conforme los antecedentes esgrimidos en la audiencia respectiva.  Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 120-2026.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, treinta de enero de dos mil veintiséis Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado Garantía de Puerto Montt que no accedió a la medida cautelar de prisión preventiva solicitada en contra del imputado Cristofer Antonio Nempu Álvarez, imponiendo otras de menor ent

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