JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE HUALAIHUE

MINISTERIO PUBLICO C/ MARCOS ARCELIO MONTIEL PAILLAN

Rol

Fecha

30 de enero de 2026

Materia

AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado de esta causa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Competencia Común de Hualaihué que decretó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su contra. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye al imputado, a saber, informe policial, declaraciones de personal aprehensor y de víctimas, así como datos de atención de urgencia y su detención en flagrancia.  3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza de los delitos por los cuales fue formalizada la presente investigación, esto es, amenazas y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, amenazas del artículo 416 del Código de Justicia Militar y maltrato de obra a Carabineros, la forma de comisión de ellos, el consumo de alcohol por parte del imputado que importa un factor de riesgo de los señalados en el artículo 7 de la ley 20.066, configuran un peligro para la seguridad de las víctimas, de la sociedad y de fuga que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por el Tribunal a quo en su contra.  Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintitrés de enero del año dos mil veintiséis, dictada por la Jueza del Juzgado de Competencia Común de Hualaihué, doña Claudia Norambuena Barrales respecto del imputado Marcos Arcelio Montiel Pail

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintitrés de enero del año dos mil veintiséis, dictada por la Jueza del Juzgado de Competencia Común de Hualaihué, doña Claudia Norambuena Barrales respecto del imputado Marcos Arcelio Montiel Paillán, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva dictada en su contra. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 116-2026.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, treinta de enero de dos mil veintiséis Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado de esta causa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Competencia Común de Hualaihué que decretó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su contra. 2°) Que, del mérito de los antecede

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