ANTOINE MIMOSE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
30 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de doña Mimose Antoine, de nacionalidad haitiana y, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debido a que por Resolución Exenta N° 25196913, de 04 de abril de 2025, se rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal y seguridad individual consagrado en el artículo 19 N°7 y el artículo 21 inciso 3° de la Constitución Política de la República. La amparada, indica que ingresó y permaneció en el país de forma regular, contando con residencia temporal vigente al momento de solicitar la residencia definitiva, cumpliendo con los requisitos legales exigidos por la normativa migratoria. No obstante, la autoridad recurrida rechazó su solicitud sin ponderar adecuadamente los antecedentes acompañados, pese a haber dado cumplimiento oportuno a los requerimientos formulados por el propio Servicio. Asimismo, sostiene que mantiene un arraigo familiar, laboral y social evidente, trabaja de manera indefinida en Chile y forma parte de un núcleo familiar consolidado junto a su cónyuge y su hijo menor de edad Jayden Pierre Antoine, de 4 años, de nacionalidad chilena. Arguye que la resolución recurrida constituye un acto desproporcionado, carente de razonabilidad y contrario al principio de legalidad, al restringir la libertad ambulatoria de la amparada sin una justificación suficiente, vulnerando el debido proceso y las garantías constitucionales que protegen a toda persona, con independencia de su nacionalidad. Dicha decisión administrativa configura una amenaza actual y concreta a su libertad personal, al exponerla a la expulsión del territorio nacional. Solicita acoger el presente recurso de amparo, dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 25196913 de 04 de abril de 2025, y ordenar al Servicio Nacional de Migraciones continuar con la tramitación de la solicitud de regularización migratoria de la amparada, o adoptar las medidas que es
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, garantía consagrada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, a través de esta vía cautelar se impugna la Resolución Exenta N° 25196913, de 4 de abril de 2025, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la amparada y dispuso su abandono del país, fundado en no haber acompañado el certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado y el comprobante de pago de multa por residir de manera irregular en Chile. Tercero: Que, si bien consta que la autoridad recurrida cumplió con notificarle al actor que se encontraba “en causal previo a rechazo”, de conformidad al artículo 91 de la Ley 21.325, por no haber adjuntado la documentación correspondiente, no considero el arraigo laboral, social y familiar de la actora. Cuarto: Que, en efecto, del análisis de los antecedentes acompañados, en particular el certificado de cotizaciones de Fonasa, consta que el amparado registra afiliación y cotizaciones desde marzo de 2025, lo que permite acreditar arraigo laboral, asimismo lo resuelto no consideró que la actora presenta arraigo familiar, toda vez que ha formado un grupo familiar con su hija nacida en territorio nacional en 2021, de manera que lo resuelto atenta contra el principio de unificación familiar consagrado en la Ley N°21.325, así como el deber de protección de la familia al que se hallan compelidos los órganos de la Administración del Estado de acuerdo con el mandato constitucional del artículo 1 de la Carta Fundamental, que, tales circunstancias hacen devenir en ilegal la decisión de la autoridad migratoria. Quinto: Que, el acto administrativo recurrido también amenaza la libertad personal de la actora, puesto que, de no cumplirse voluntariamente, permite a la autoridad migratoria disponer su expulsión, ocasionando un daño a la amparada en su desarrollo personal y familiar en Chile.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de doña Mimose Antoine en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°25196913, de 04 de abril de 2025, debiendo la autoridad recurrida reabrir el procedimiento, otorgando a la amparada un plazo de sesenta días para acreditar ante la autoridad administrativa del comprobante de pago de la multa. Con relación al certificado de antecedentes penales de su país debidamente legalizado y/o apostillado, se otorga un plazo de 180 días. Transcurrido el plazo mayor señalado, el Servicio deberá emitir un pronunciamiento sobre la solicitud, como en derecho corresponda. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Rosa Aguirre Carvajal, quien estuvo por rechazar el recurso de amparo, porque en su concepto le recurrida, aplicó el procedimiento establecido en la ley y los plazos estipulados en la misma, por lo que no puede imputársele ilegalidad alguna. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-273-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de enero de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de doña Mimose Antoine, de nacionalidad haitiana y, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debido a que por Resolución Exenta N° 25196913, de 04 de abril de 2025, se rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, vulnerando con el
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica