SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA CENTRAL S.A. Y OTROS - CORDOVA CORDOVA JOCELYN
Rol
Fecha
30 de enero de 2026
Materia
SIN MATERIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo los que, consecuentemente, se comparten.
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18. 287, se confirma la sentencia definitiva apelada de fecha treinta de junio de dos mil veinticinco, dictada en los autos rol N° 0029-2025, seguidos ante el Segundo Juzgado de Policía Local de La Florida. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Policia Local-3189-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de enero de dos mil veintiséis. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en q
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