SIN INFORMACION

JEISON EVARISTE ZAMBRANO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

30 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/ALZA ONI/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 24 de enero de 2026, comparece don Jeison Vicente Evariste Zambrano, venezolano, C.I. N°26.799.695-4, domiciliado en Pasaje Belco N°2807 y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, interpone acción de amparo, la que se dirige en contra del Servicio Nacional de Migraciones por lo resuelto el 24 de octubre de 2025, mediante Resolución Exenta N° 2500100215822, por la que se rechaza su solicitud de residencia definitiva y dispone el abandono del país, lo que vulnera su derecho a la libertad personal. Indica que ingresó al país en forma regular, amparado por una visa de responsabilidad democrática, válida hasta el año 2020, permaneciendo desde entonces de manera continua, ininterrumpida y estable en el territorio nacional. Agrega que durante todo este período ha desarrollado su vida personal, laboral y social en Chile, estableciendo aquí su domicilio, trabajo y vínculos sociales permanentes, transformándose este país en el centro de su proyecto de vida, con un arraigo efectivo, real y comprobable. Luego de su ingreso, obtuvo residencia temporal otorgada entre el 25 de mayo de 2021 y el 18 de agosto de 2022. Con fecha 18 de agosto de 2022, presentó solicitud de residencia definitiva, comprobante N°52964188, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley N° 21.325 y su reglamento, con el legítimo propósito de regularizar plenamente su situación migratoria. Refiere que el 25 de septiembre de 2025 el Servicio Nacional de Migraciones notificó un requerimiento de antecedentes adicionales, el cual fue debidamente respondido. En dicho contexto, acompañó antecedentes judiciales que acreditan el cumplimiento íntegro de una pena sustitutiva, conforme consta en resolución dictada por el 8° Juzgado de Garantía de Santiago, de fecha 9 de junio de 2025, en causa RUC N° 2300381868-3, RIT N° 2042-2023. Dicha resolución certifica expresamente el egreso y cumplimiento total de la condena, ordenando

Fallo

por tanto perturbación alguna en los derechos del extranjero. Por lo anterior, solicita el rechazo de la acción interpuesta. Acompaña a su informe: 1. NOTIFICACIÓN PREVIO RECHAZO. 2. Sentencia condenatoria dictada por el 8° Juzgado de Garantía de Santiago en los autos RIT N°2042-2023, RUC N°2300381868-3. 3. Res. Ex. N°57613 de 28 de abril 2021, sobre infracción por residencia irregular del extranjero. TERCERO: Que, el inciso primero del artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción a lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. CUARTO: Que, en este caso, se recurre contra la Resolución Exenta N°2500100215822, dictada el 24 de octubre de 2024 por la que el Servicio Nacional de Migraciones rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado y dispuso su abandono del territorio nacional. QUINTO: Que, resulta inconcuso que el rechazo se fundó en la existencia de antecedentes penales del amparado en este país, toda vez que fue condenado por sentencia de 22 de mayo de 2024, ejecutoriada a la fecha, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad con o sin daños o lesiones

Texto Completo (Preview)

Talca, treinta de enero de dos mil veintiséis.- VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 24 de enero de 2026, comparece don Jeison Vicente Evariste Zambrano, venezolano, C.I. N°26.799.695-4, domiciliado en Pasaje Belco N°2807 y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, interpone acción de amparo, la que se dirige en contra del Servicio Nacional de Migracion

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica