MP C/ CARLOS LUIS URIBE MELLA
Rol
Fecha
29 de enero de 2026
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Carlos Luis Uribe Mella. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que se atribuye al encartado. Lo anterior se corrobora con el parte policial, la declaración de los funcionarios aprehensores, la detención en flagrancia del imputado a las afueras del domicilio de la víctima y los antecedentes del proceso en que se dictó como medida cautelar de forma previa, la prohibición de acercamiento a la víctima. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en cuenta el carácter del delito por el cual fue formalizada la investigación, esto es, un delito de desacato del artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, en contexto de violencia intrafamiliar, las circunstancias de su comisión, la existencia de antecedentes penales pretéritos por delitos en contexto de violencia intrafamiliar respecto de la misma víctima y de un proceso pendiente, la pauta de riesgo con un resultado alto y la existencia de situaciones de riesgo del artículo 7° de la Ley 20.066 como lo es el consumo problemático de sustancias y las denuncias previas; se configura un peligro para la seguridad de la víctima que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva. 4°) Que, respecto de la teoría alternativa invocada por la defensa, relativa a un estado de necesidad justificante que aquejaba al imputado al momento de su
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiséis de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Carlos Luis Uribe Mella. Devuélvase. Rol Penal 113-2026.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintinueve de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Carlos Luis Uribe Mella. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en l
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