SIN INFORMACION

CONDOMINIO DE LOS RIOS/ENEL DISTRIBUCION CHILE SA

Rol

Fecha

29 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que comparece don Juan Tomás Hudson Martínez, abogado, en representación de Crea Administración Limitada, y esta a su vez en representación del Condominio Los Ríos I, quien recurre de protección en contra de Enel Distribución Chile S.A., por actos que califica de ilegales y arbitrarios, consistentes en el incumplimiento de las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y la amenaza de corte de suministro eléctrico. Expone que el 24 de septiembre de 2024 interpuso reclamo ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles debido a que la recurrida no efectuó la lectura del medidor N° 3052066-1 desde agosto de 2021 hasta enero de 2024, emitiendo posteriormente una facturación acumulada excesiva. Señala que la SEC acogió su reclamo mediante Oficio Ordinario N° 276710, de 31 de marzo de 2025, instruyendo a Enel refacturar considerando solo dos meses y eliminar intereses. Agrega que, pese a rechazarse la reposición de la empresa mediante Resolución Exenta N° 32496 de junio de 2025, la recurrida no habría dado cumplimiento íntegro a lo ordenado, especialmente respecto al segundo periodo de facturación, manteniendo deudas improcedentes y amenazando con la suspensión del servicio. Solicita se ordene el cumplimiento de la resolución administrativa, la refacturación correcta y el cese de las amenazas de corte. SEGUNDO: Que informando al tenor del recurso, Nadia Muñoz Muñoz, Jefa de la División Jurídica de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), realiza una cronología de los procedimientos administrativos R.N. N° 250219-000032 y N° 250404-000196. Ratifica que mediante Oficio Ordinario N° 276710 se instruyó a Enel refacturar la cuenta del cliente debido a la falta de lectura prolongada, instrucción confirmada tras el rechazo de la reposición de la empresa. Sin embargo, la autoridad fiscalizadora informa que, tras las indagaciones realizadas con motivo de este recurso, Enel Distribución Chile S.A. procedió a efectuar las correcciones ordenadas. Detalla que con fecha 25 de julio de 2025 la empresa realizó una rebaja de $49.165.138; el 14 de julio de 2025 una rebaja de $34.682.604 por intereses; y que, advertida de un saldo pendiente, el 29 de octubre de 2025 realizó ajustes finales por $3.407.795 en intereses y $1.195.666 en capital. Concluye la Superintendencia que, tras estas operaciones, la cuenta registra un saldo final a pagar de $28.591.871, y estima que las actuaciones realizadas por Enel permiten entender que lo instruido por esa Superintendencia ha sido cabalmente cumplido por la distribuidora. TERCERO: Que por su parte, Cristian Andrés Muñoz Levill, abogado, en representación de Enel Distribución Chile S.A., solicita el rechazo de la acción. Reconoce la existencia de los reclamos administrativos y las resoluciones de la SEC citadas por el recurrente. Sostiene que su representada ha dado cumplimiento a lo instruido por la autoridad sectorial, efectuando las r

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida por don Juan Tomás Hudson Martínez, en representación del Condominio Los Ríos I, en contra de Enel Distribución Chile S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-20521-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de enero de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: PRIMERO: Que comparece don Juan Tomás Hudson Martínez, abogado, en representación de Crea Administración Limitada, y esta a su vez en representación del Condominio Los Ríos I, quien recurre de protección en contra de Enel Distribución Chile S.A., por actos que califica de ilegales y arbitrarios, consisten

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