/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
29 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA SIN COSTAS
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece William Uribe Regalado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Juan Carlos Olaya Romero, ciudadano de nacionalidad colombiana, cédula nacional de identidad N°24.166.583-6, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones por haber dictado la Resolución Exenta N°32922 de 14 de octubre de 2025 por la cual se dispone la expulsión del actor del territorio nacional. Expone que el actor fue notificado de Resolución Exenta N°12639 de 03 de abril de 2025 mediante la cual se dispuso su expulsión, lo que motivó que interpusiera recurso de amparo ante esta misma Corte de Apelaciones. Señala que dicha acción constitucional fue tramitada con el Rol N°377-2025 y que mediante sentencia de 02 de julio de 2025, confirmada posteriormente por la Excma. Corte Suprema mediante sentencia de 21 de julio del mismo año, se determinó acoger el recurso y dejar sin efecto lo resuelto por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo dicha entidad permitir al recurrente presentar sus descargos y aportar los antecedentes de que disponga para acreditar sus alegaciones, luego de lo cual se podría emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda. Indica que el actor fue citado el 26 de enero de 2026 ante la Policía de Investigaciones, oportunidad en que se le informa que se había dictado Resolución Exenta de 14 de octubre de 2025 mediante la cual se dispone nuevamente su expulsión del territorio nacional, tras reabrirse el procedimiento administrativo sustanciado en su contra el 29 de julio de 2025 sin que se le haya notificado de dicha circunstancia ni de la nueva orden de expulsión decretada en su contra. Alega que la recurrida no toma en consideración que el actor ingresó a Chile el 31 de diciembre de 2014; que tiene dos hijos menores de edad escolarizados en el país, uno de ellos de nacionalidad chilena; que durante su tiempo de residencia ha generado arraigo social y ha mantenido una conducta ajustada a derecho. Afirma que la recurrida ha actuado en forma carente de razonabilidad y de proporcionalidad al disponer la expulsión del recurrente sin haber considerado el arraigo social y familiar del interesado, quien no registraría antecedentes penales, sin perjuicio de reconocer que ha incurrido en infracciones menores a la legislación migratoria. Previas citas de derecho solicita acoger la acción deducida y, en definitiva, dejar sin efecto la Resolución Exenta N°32922 de 14 de octubre de 2025. SEGUNDO: Que, evacuó informe el Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso. Señala que mediante Resolución Exenta N°50.579, de 07 de noviembre de 2023, del Servicio Nacional de Migraciones se rechazó la solicitud de residencia definitiva del actor y se dispuso su abandono del país dentro del plazo de 10 días por no cumplir con los requisitos que lo habilitan para residir en el país, al no presentar el certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado o apostillado. Agrega que d
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Olaya Romero, Juan Carlos Servicio Nacional de Migraciones Recurso de amparo Rol N°62-2026 La Serena, veintinueve de enero de dos mil veintiséis. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece William Uribe Regalado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Juan Carlos Olaya Romero, ciudadano de nacionalidad colombiana, cédula nacional de identidad N°24.166.583-6, y en contra del S
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