XIMENA SOLEDAD LAGOS YAÑEZ CONTRA AFP PROVIDA
Rol
Fecha
29 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: Que, del tenor del recurso deducido, aparece que el recurrente no da cuenta en su solicitud de un derecho indubitado susceptible de cautela a través de la presente acción extraordinaria, sin que la conducta denunciada pueda ser calificada como una que vulnera, en concreto, alguna de las garantías constitucionales invocadas y protegibles por esta vía respecto de la recurrente. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso. Archívese, en su oportunidad. N°313-2026 Protección
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso. Archívese, en su oportunidad. N°313-2026 Protección
Texto Completo (Preview)
CH/nbm San Miguel, veintinueve de enero de dos mil veintiséis Al folio 1: Visto y teniendo presente: Que, del tenor del recurso deducido, aparece que el recurrente no da cuenta en su solicitud de un derecho indubitado susceptible de cautela a través de la presente acción extraordinaria, sin que la conducta denunciada pueda ser calificada como una que vulnera, en concreto, alguna de las garantías c
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