GERMAIN CELIDE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
29 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Que a folio 1 se deduce acción de Protección en favor de CELIDE GERMAIN de nacionalidad haitiana, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización, conculcando el derecho a la igualdad, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. El recurrente alega la excesiva dilación por parte del servicio recurrido, en emitir pronunciamiento entorno a su solicitud de nacionalización N°71626699, efectuada el 22 de octubre de 2024, lo cual carece de justificación razonable en atención al tiempo transcurrido, configurándose dicha omisión como arbitraria e ilegal. Pide, en definitiva, se ordene al recurrido pronunciarse sobre su petición, dentro de un plazo razonable, que no exceda de 30 días hábiles. A folio 5, El Servicio Nacional de Migraciones evacuó informe, solicitando el rechazo del recurso argumentando que no existe una omisión ilegal o arbitraria, ya que la solicitud de carta de nacionalización ID 71626699 se encuentra en etapa de "Primer Análisis" conforme al procedimiento del Decreto N°5142. Sostuvo que el otorgamiento de la nacionalidad es una facultad discrecional del Presidente de la República y que en el proceso intervienen otros organismos como la PDI y el Ministerio del Interior. Asimismo, alegó que los plazos de la Ley N°19.880 no son fatales para la administración y que el retraso está justificado por el aumento exponencial de los flujos migratorios, lo que constituiría un caso fortuito. Finalmente, destacó que el recurrente posee residencia definitiva vigente, por lo que su situación migratoria es regular y puede desenvolverse libremente en el país A folio 6, se trajeron los autos en relación Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento de la solicitud de nacionalización presentada por el recurrente. Segundo: Que de los antecedentes acompañados y de lo informado por el Servicio Nacional de Migraciones se advierte que la solicitud del actor (ID 71626699) se encuentra en tramitación ante dicha autoridad desde el 22 de octubre de 2024, encontrándose actualmente en etapa de primer análisis. Tercero: Que del mérito de los antecedentes se advierte que, ante el requerimiento tendiente a la obtención de la nacionalización, el recurrente ha sufrido una dilación excesiva en su tramitación, lo cual permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido ilegal y arbitrariamente los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7° y 27 de la Ley N° 19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un órgano de la Administración del Estado una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la solicitud de nacionalización, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, motivo por el cual se acogerá el presente arbitrio, como se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de CELIDE GERMAIN, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto el Servicio, en lo que a su competencia se refiere y dentro del plazo de treinta días, deberá concluir la tramitación de la solicitud de nacionalización presentada por el recurrente y remitir los antecedentes al Señor Subsecretario del Interior para su conocimiento. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-6256-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintinueve de enero de dos mil veintiséis. Vistos: Que a folio 1 se deduce acción de Protección en favor de CELIDE GERMAIN de nacionalidad haitiana, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización, conculcando el derecho a la igualdad, consagrado en el artículo 19 N°2 de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica