TREIMUN TREIMUN SEBASTIAN AVELINO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
28 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Karin Godoy Adasme, Defensora Penal Pública Penitenciaria, actuando en favor de Sebastián Avelino Treimun Treimun, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por la resolución dictada en el proceso de libertad condicional correspondiente, mediante la cual se rechazó su postulación al beneficio. Señala que el amparado se encuentra cumpliendo una condena impuesta por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, consistente en la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de robo con violencia, habiendo iniciado el cumplimiento de la condena con fecha 25 de febrero de 2023, con término previsto para el 16 de agosto de 2027, o el 16 de marzo de 2027 con aplicación de meses de rebaja conforme a la Ley N° 19.856. Indica que el amparado ha cumplido el tiempo mínimo exigido para postular al beneficio, registrando conducta muy buena durante siete bimestres consecutivos, razón por la cual Gendarmería de Chile lo postuló al proceso de libertad condicional. Agrega que la Comisión recurrida denegó el beneficio fundándose en una valoración negativa del informe psicosocial de postulación, estimando que el interno presenta un nivel medio de riesgo de reincidencia y escasas posibilidades actuales de reinserción social, sin efectuar —a juicio de la recurrente— un análisis integral y progresivo del proceso de reinserción del amparado ni ponderar adecuadamente los antecedentes favorables contenidos en el Informe Consolidado de Postulación, relativos a su conducta intrapenitenciaria, participación en actividades laborales, educativas y de intervención especializada, incurriendo con ello en una decisión ilegal y arbitraria. Solicita que se acoja el recurso “ordenando, como medida para restablecer el imperio del derecho deja
Fundamentos
motivos previos, puede colegirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que, por cierto, se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, y en la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. SÉPTIMO: Que, en consecuencia, es posible concluir que la Comisión no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que invoca y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de la determinación que se impugna haya incurrido en alguna ilegalidad.
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N°3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Sebastián Avelino Treimun Treimun y en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y archívese. Amparo N°223-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de enero de dos mil veintiséis. Al folio 7; téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Karin Godoy Adasme, Defensora Penal Pública Penitenciaria, actuando en favor de Sebastián Avelino Treimun Treimun, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone recurso de amparo en c
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