JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ RONALDO CHAMBI MITA

Rol

Fecha

28 de enero de 2026

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON SUSPENSION DE LICENCIA ART. 196 Y 209 INC. 2 LEY DE TRANSITO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Esta Corte, habiendo oído a los intervinientes en esta audiencia y compartiendo la opinión del Ministerio Público, en cuanto a que los antecedentes aportados por el imputado no resultan suficientes para asegurar que, de su parte, no existirá una acción que comprometa la seguridad de la investigación y apareciendo esta poca existencia de antecedentes a su respecto, en cuanto a su domicilio, a no haber aportado precisamente un lugar específico,

Fundamentos

considerando que es una persona que ya lleva un buen tiempo dentro de este país, desde el año dos mil veinticuatro y considerando, además, que si bien presentó una cédula de identidad boliviana, ello no es suficiente a criterio de esta Corte para su correcta identificación para fines penales en este país, toda vez que sólo puede ocurrir luego que se le asigne un rol único para estos efectos y eso necesita, necesariamente, que concurran las los requisitos técnicos para que las huellas puedan proporcionar los elementos básicos para hacerlo, esto mientras no se llegue a realizar el trámite señalado, por esta razón, SE REVOCA la resolución de dieciocho de enero en curso, y se decreta la prisión preventiva de don Ronaldo Chambi Mita, mientras no se puedan realizar estas diligencias, que son de rigor. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 70-2026 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Fallo

Se declara admisible el recurso de apelación elevado al conocimiento de este Tribunal de Alzada en folio 1. Previa deliberación se ha resuelto lo siguiente: VISTO: Esta Corte, habiendo oído a los intervinientes en esta audiencia y compartiendo la opinión del Ministerio Público, en cuanto a que los antecedentes aportados por el imputado no resultan suficientes para asegurar que, de su parte, no existirá una acción que comprometa la seguridad de la investigación y apareciendo esta poca existencia de antecedentes a su respecto, en cuanto a su domicilio, a no haber aportado precisamente un lugar específico, considerando que es una persona que ya lleva un buen tiempo dentro de este país, desde el año dos mil veinticuatro y considerando, además, que si bien presentó una cédula de identidad boliviana, ello no es suficiente a criterio de esta Corte para su correcta identificación para fines penales en este país, toda vez que sólo puede ocurrir luego que se le asigne un rol único para estos efectos y eso necesita, necesariamente, que concurran las los requisitos técnicos para que las huellas puedan proporcionar los elementos básicos para hacerlo, esto mientras no se llegue a realizar el trámite señalado, por esta razón, SE REVOCA la resolución de dieciocho de enero en curso, y se decreta la prisión preventiva de don Ronaldo Chambi Mita, mientras no se puedan realizar estas diligencias, que son de rigor. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 70-2026 Penal. La presente acta sólo con

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Corte de Apelaciones de Arica. Arica, veintiocho de enero de dos mil veintiséis. Sala: Segunda Rol: 70-2026 Penal Ruc: 2600081339-6 RIT: 437-2026 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministra señora Juana Ríos Meza, ministra señora Nora Bahamondes Acevedo y abogado integrante señor Alexis Mondaca Miranda. Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digitador (a): Adrián Sánchez Cam

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