VIVIANA MUÑOZ MALDONADO/ILTMA. CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA
Rol
Fecha
28 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por la abogada Romina Belén Malvoa Rojas, en contra de la resolución de 22 de enero de 2026, dictada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, en causa Rol Penal-30-2026. 3°. Que, declarar admisible el recurso y conocer sobre el fondo, implicaría darle competencia como tribunal superior a una Corte de Apelaciones respecto de otra, lo que afecta las normas sobre competencia que regulan la materia y que se encuentran contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, entre ellas la del grado y jerarquía y puede constituir, incluso, una vulneración de lo dispuesto por el artículo 7º de la Constitución Política de la República. Por lo antes expuesto,
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto por la abogada Romina Belén Malvoa Rojas, en contra de la resolución de 22 de enero de 2026, dictada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-70-2026.acl
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintiocho de enero de dos mil veintiséis. Resolviendo lo principal del escrito folio 1: Visto y considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por la abogada Romina Belén Malvoa
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