SIN INFORMACION

BURGOS/COMISION DE LIBERTAD CONDCIONAL DE CHILLÁN

Rol

Fecha

28 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: 1°.- Que, comparece el abogado y Defensor Penal Público Penitenciario don Jonathan Gonzalo Romo Villegas, en representación de JONATHAN ANTONIO BURGOS JIMÉNEZ, cédula nacional de identidad 18.267.3581-4, actualmente privado de libertad en calidad de condenado al estar cumpliendo condena en el CPP de San Carlos, y ejerce acción constitucional de amparo en contra de la Resolución Exenta N°256-2025 de fecha 10 de octubre de 2025 de la Comisión de Libertad Condicional, la cual rechaza la postulación a la libertad condicional del amparado, sin ajustarse a la normativa vigente, tornando su privación de libertad en un acto ilegal y arbitrario. Refiere el recurrente, y como fundamento de su arbitrio, que su representado, Jonathan Antonio Burgos Jiménez, interno privado de libertad en el CDP SAN CARLOS, cumple actualmente condena de 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de conducción de vehículo motorizado con licencia de conducir falsa, y a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por el delito de porte de arma de fuego y municiones, impuesta en causa Ruc 2200730623-0, Rit 1183-2022 seguida ante el Juzgado de Garantía de San Carlos. Indica que según ficha única del interno, inició su condena con fecha 04 de Agosto de 2022, teniendo como fecha de término el día 28 de enero de 2027, cumpliendo el tiempo mínimo de postulación a libertad condicional el día 02 de noviembre de 2024. Señala que en cuanto a la conducta, registra “Muy Buena”, a lo menos desde el bimestre noviembre-diciembre 2024 hasta la fecha (7 bimestres), según el formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, registrando última sanción el 07 de diciembre de 2022. Refiere que, de acuerdo a la información entregada por la Sección de Estadística de Gendarmería de Chile, contenida en la Ficha Única de Condenado, su representado registra como fecha de inicio de condena el 04 de agosto de 2022, teniendo como fecha de término el 28 de enero

Fundamentos

motivos precedentes, se concluye que el interno no se encuentra apto para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Que, de acuerdo a lo expuesto y visto a demás lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 3°, 3° bis, 3° ter; 4° y 5° del Decreto Ley N°321 del Ministerio de Justicia,

Fallo

se resuelve: DENEGAR el beneficio de Libertad Copndicional a JONATHAN ANTONIO BURGOS JIMÉNEZ, cédula nacional de identidad N°18.267.581-4”(…). En virtud de lo anterior el amparado continúa privado de libertad, como consecuencia de un acto ilegal y arbitrario. En cuanto a los fundamentos de derecho, el artículo 21 de la Constitución Política de la República, consagra la denominada Acción de Amparo Constitucional, señalando, en lo que respecta a su caso, lo siguiente “Todo individuo que se halle arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o las leyes, podrá ocurrir por sí o por cualquiera en su nombre, a la magistratura que señala la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado.” Sostiene que la resolución administrativa mediante la cual se rechaza la postulación de Jonathan Antonio Burgos Jiménez, al beneficio de Libertad Condicional, es un acto ilegal y arbitrario que afecta la libertad personal de su representado, estando en clara contravención a lo dispuesto por la Constitución y las Leyes, toda vez que se cumple a cabalidad con los requisitos dispuestos en el Decreto 321 y del Reglamento de Libertad Condicional, que se encuentra vigente a la fecha. Desde otra perspectiva, expresa que el Decreto Ley 321 sobre Libertad Condicional, en su artículo 2° prescribe que “Todo indiv

Texto Completo (Preview)

Chillán, veintiocho de enero de dos mil veintiséis. VISTO: 1°.- Que, comparece el abogado y Defensor Penal Público Penitenciario don Jonathan Gonzalo Romo Villegas, en representación de JONATHAN ANTONIO BURGOS JIMÉNEZ, cédula nacional de identidad 18.267.3581-4, actualmente privado de libertad en calidad de condenado al estar cumpliendo condena en el CPP de San Carlos, y ejerce acción constitucio

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