SIN INFORMACION

MUÑOZ/PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE CURICO

Rol

Fecha

28 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2) Que, de la presentación efectuada en estos autos, se deduce que los hechos en que se funda la acción no son susceptibles de conocerse y resolverse por esta vía, atendido que la acción se dirige en contra de una resolución judicial, susceptible de ser impugnada a través de los recursos procesales que establece el legislador al efecto, por lo que, por aplicación de la norma contenida en el inciso 2° del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, este no puede prosperar. Y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto a folio 1 en contra del Primer Juzgado de Letras de Curicó. Regístrese y archívese. N°Protección-1670-2025.acl

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veintiocho de enero de dos mil veintiséis. Resolviendo a lo principal de folio 1: Visto y considerando: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo

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