MIRANDA/COMISION DE LIBERTAD CONDICINAL
Rol
Fecha
28 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Guillermo Raúl Wilson Vargas y Sebastián Eduardo Muñoz Livacic, abogados, defensores privados, interponen recurso de amparo en favor de José Guillermo Miranda Jara en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que, en sesión realizada el 11 de octubre de 2025, rechazó otorgarle el beneficio solicitado. Indican que su representado se encuentra recluido en el C.D.P Talagante, cumpliendo una pena de cinco años y un día de privación de libertad, como autor de un delito de abuso sexual de menor de 14 años; que inició el cumplimiento el 25 de junio de 2021, que su fecha de término es el 26 de junio de 2026 y que el tiempo mínimo para postular al beneficio se cumplió el 26 de octubre de 2024. Añaden que ha mantenido muy buena conducta durante todo el tiempo que se encuentra recluido y reúne los demás los requisitos exigidos por la ley para optar al beneficio de libertad condicional. Piden que se acoja el recurso, se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, y se conceda dicho beneficio a su representado. Segundo: Que informa por la Comisión de Libertad Condicional, al tenor del recurso, su presidente, el ministro señor Mauricio Olave Astorga, quien expone que la referida comisión, habiendo oído la relación de los antecedentes acompañados a la postulación, y previo análisis y debate de éstos, rechazó la solicitud de libertad condicional del recurrente fundado en que: “Analizados y ponderados los antecedentes que constan en la carpeta remitida por Gendarmería de Chile, se concluye que el interno, tiene un mediano compromiso delictual y un nivel de riesgo de reincidencia medio, con necesidades de intervención media en uso del tiempo libre, pares y factores específicos de riesgo relacionados a la actividad sexual inapropiada dada la naturaleza del delito, presenta distorsiones cognitivas a la base de la comisión delictual contando con riesgo de violencia sexual alto, por lo que se deberá a
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiocho de enero de dos mil veintiséis. Al escrito de folio 11: A sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Guillermo Raúl Wilson Vargas y Sebastián Eduardo Muñoz Livacic, abogados, defensores privados, interponen recurso de amparo en favor de José Guillermo Miranda Jara en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que, en sesión realizada el 11 de octubre de
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