ANONIMIZADO
Rol
10518-2023
Fecha
16 de marzo de 2023
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO (M)
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el Servicio Nacional Especializado de Protección a la Niñez y Adolescencia en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que confirmó la de primera instancia que entregó el cuidado personal del adolescente a su abuela paterna con intervención del PIE CODENI y derivación al Cesfam, oficiando al recurrente para informarle que debía coordinar, a la brevedad, la interconsulta a psiquiatría para la evaluación del joven. Segundo: Que...
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el Servicio Nacional Especializado de Protección a la Niñez y Adolescencia en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, q
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica