FUENTES CON CENTRO DE PROCEDIMIENTOS Y ATENCIONES CLINICAS VID
Rol
Fecha
27 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que el Primer Juzgado de Letras de Rengo, por sentencia de diez de enero de dos mil veinticinco, rectificada por la de cuatro de febrero del mismo año, dictadas en los autos Rit O-86-2024, acogió la demanda por despido injustificado, cobro de prestaciones e indemnizaciones, interpuesta por Xenia Fuentes Arismendi en contra de Centro de Procedimiento y Atenciones Clínica Vida Rengo Limitada y condenó a esta última a pagar en favor de aquella, entre otras prestaciones, las cotizaciones de seguridad social. En contra de la sentencia la parte demandada dedujo recurso de nulidad, solicitó anular el fallo y dictar el de reemplazo que rechace la demanda, con costas. Se realizo la audiencia de rigor y se escuchó alegato de los intervinientes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que, el recurso invoca la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo en relación con el artículo 456 del mismo Código, esto es, “cuando haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica”; y como causal subsidiara, la contenida en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N°4 del mismo Código, en el sentido que el
Fallo
fallo y dictar el de reemplazo que rechace la demanda, con costas. Se realizo la audiencia de rigor y se escuchó alegato de los intervinientes. CONSIDERANDO: 1.- Que, el recurso invoca la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo en relación con el artículo 456 del mismo Código, esto es, “cuando haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica”; y como causal subsidiara, la contenida en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N°4 del mismo Código, en el sentido que el fallo debe contener: “El análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación”, requiriendo en definitiva, la anulación de la sentencia y la dictación de una de reemplazo que rechace la demanda. 2.- Que, antes de entrar al análisis particular de cada una de las causales invocadas, primeramente es dable tener presente que el recurso de nulidad laboral, tiene por objeto, según sea el motivo de nulidad invocado, o asegurar el respeto de las garantías y derechos fundamentales, o bien conseguir sentencias ajustadas a la ley, como se desprende de los artículos 477 y 478 del Código del ramo, todo lo cual evidencia su carácter extraordinario, que se manifiesta por la excepcionalidad de los presupuestos que configuran cada una de las referidas causales en atención al fin perseguido por ellas, situación que igualmente de
Texto Completo (Preview)
Rancagua, veintisiete de enero de dos mil veintiséis. VISTOS: Que el Primer Juzgado de Letras de Rengo, por sentencia de diez de enero de dos mil veinticinco, rectificada por la de cuatro de febrero del mismo año, dictadas en los autos Rit O-86-2024, acogió la demanda por despido injustificado, cobro de prestaciones e indemnizaciones, interpuesta por Xenia Fuentes Arismendi en contra de Centro de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica