JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL VALPARAI

A.F.P. MODELO S.A. CON SOCIEDAD EDUCACIONAL RAYUN RENACA LIMITADA

Rol

Fecha

27 de enero de 2026

Materia

EJECUTIVO PREVISIONAL

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente, que la actualización del sistema informático aludida por el juez a quo no puede erigirse como un obstáculo para la efectiva tramitación en la etapa de cumplimiento de un título ejecutivo en perjuicio del ejecutante y, eventualmente, de cualquiera de las partes, más aún si se trata de deudas destinadas a alimentar un fondo legal de AFP y, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 inciso séptimo de la Ley N°17.322, artículo 432 del Código del Trabajo en relación a los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento civil, se revoca, la resolución de cuatro de noviembre de dos mil veinticinco, escrita a folio N°40 del cuaderno principal del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso y, en su lugar, se decreta que el tribunal debe recibir los antecedentes ofrecidos por la ejecutante, para los efectos de la liquidación del crédito requerido. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Laboral-Cobranza-31-2026.

Texto Completo (Preview)

Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de enero de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente, que la actualización del sistema informático aludida por el juez a quo no puede erigirse como un obstáculo para la efectiva tramitación en la etapa de cumplimiento de un título ejecutivo en perjuicio del ejecutante y, eventualmente, de cual

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