NARVÁEZ MOYA MATÍAS SAMIR CONTRA CUERPO DE BOMBEROS DE IQUIQUE Y OTRO
Rol
Fecha
27 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece don Matías Samir Narváez Moya, quien deduce acción constitucional de protección en contra del Cuerpo de Bomberos de Iquique, por actos y omisiones arbitrarios e ilegales desarrollados en el marco de un proceso disciplinario que culminó con su expulsión de la institución, lo que estima vulneratorio de las garantías constitucionales consagradas en los numerales 1, 2, 3 inciso quinto y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Sostiene que dicho proceso disciplinario se desarrolló sin respetar el conducto regular, con deficiencias en las notificaciones, omisión de instancias reglamentarias, falta de quórum e imparcialidad del Consejo de Disciplina, participación de consejeros inhabilitados, ausencia de fundamentación suficiente, y con ejecución anticipada de la sanción, todo lo cual habría impedido el ejercicio efectivo del derecho a defensa. Asimismo, se denuncia una intromisión indebida en su ámbito laboral privado y un trato hostil reiterado, configurando un actuar arbitrario por parte de autoridades de su Compañía. Con base en esos hechos, afirma que la expulsión vulneró sus garantías constitucionales, en particular el derecho a la integridad psíquica, la igualdad ante la ley, el respeto a la vida privada y honra, y el derecho a un procedimiento racional y justo, En mérito de lo expuesto, solicita que se acoja el recurso de protección, se deje sin efecto la sanción aplicada y se ordene su reintegro como bombero voluntario activo, con costas. Acompaña documentos. Evacua informe don Marcelo Zúñiga Schampke, Superintendente del Cuerpo de Bomberos de Iquique, quien se allana respecto del presente recurso, fundado en que revisados los antecedentes que dieron origen al proceso disciplinario del recurrente, y aun cuando este no habría mencionado las faltas cometidas, las que califica como efectivas, en uso de sus facultades dispone dejar sin efecto la resolución que aplicó la sanción de expulsión, atendida la desproporcionalidad de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 20 de la Constitución Política de la República concede, a quien por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías taxativamente señalados, la acción cautelar de protección a fin de impetrar del órgano jurisdiccional se adopten de inmediato las medidas o providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. De lo anterior se infiere que para su procedencia es requisito indispensable la existencia de un acto u omisión ilegal, es decir, contrario a derecho, en el sentido de vulnerar un precepto normativo obligatorio, o bien, arbitrario, esto es, producto del mero capricho de quien incurre en él, de modo que la arbitrariedad significa carencia de razonabilidad en el actuar u omitir. SEGUNDO: Que la acción constitucional interpuesta por el actor, explayada latamente en su libelo, se encontraba destinada a dejar sin efecto la sanción aplicada y ordenar su reintegro como bombero voluntario activo. En tal sentido, en el informe evacuado por el superintendente de Bomberos de esta ciudad, se constata su allanamiento expreso a lo solicitado, en cuanto reconoce la desproporción de la medida aplicada en su contra, la cual no es completamente acorde al reglamento, refiriendo la adopción de medidas concretas para dejar sin efecto el acto impugnado -expulsión- y reincorporar al recurrente al cuerpo de bomberos. TERCERO: Que de este modo, aparece que la pretensión deducida por el recurrente ha sido satisfecha por la institución recurrida, razón por la cual el arbitrio interpuesto ha perdido oportunidad y eficacia, no advirtiéndose en la actualidad la existencia de un acto u omisión ilegal o arbitraria que haga necesario el restablecimiento del imperio del derecho mediante la adopción de alguna medida cautelar. Y visto, además, lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de protección presentada a favor de don Matías Samir Narváez Moya en contra del Cuerpo de Bomberos de Iquique, sin costas. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° 1889-2025 Protección.
Fallo
En mérito de lo expuesto, solicita que se acoja el recurso de protección, se deje sin efecto la sanción aplicada y se ordene su reintegro como bombero voluntario activo, con costas. Acompaña documentos. Evacua informe don Marcelo Zúñiga Schampke, Superintendente del Cuerpo de Bomberos de Iquique, quien se allana respecto del presente recurso, fundado en que revisados los antecedentes que dieron origen al proceso disciplinario del recurrente, y aun cuando este no habría mencionado las faltas cometidas, las que califica como efectivas, en uso de sus facultades dispone dejar sin efecto la resolución que aplicó la sanción de expulsión, atendida la desproporcionalidad de dicha sanción, la cual no se condice con las faltas imputadas. Precisa que, conforme al Reglamento de la Segunda Compañía de Bomberos, las conductas atribuidas corresponderían a una falta leve prevista en el artículo 31 N°1 y a una falta grave contemplada en el artículo 32 N°1, existiendo sanciones diversas a la expulsión, como la suspensión. En consecuencia, indica que se instruirá a la oficialidad de la Segunda Compañía para dejar sin efecto el Oficio N°125/2025 de 10 de noviembre de 2025, reincorporar al bombero y realizar un nuevo proceso disciplinario destinado a determinar su eventual responsabilidad y aplicar, si correspondiere, una sanción proporcional conforme al reglamento. Finalmente, solicita se tenga por allanada a la parte recurrida y se resuelva sin condena en costas, por no existir oposición a l
Texto Completo (Preview)
Iquique, veintisiete de enero de dos mil veintiséis. VISTO: Comparece don Matías Samir Narváez Moya, quien deduce acción constitucional de protección en contra del Cuerpo de Bomberos de Iquique, por actos y omisiones arbitrarios e ilegales desarrollados en el marco de un proceso disciplinario que culminó con su expulsión de la institución, lo que estima vulneratorio de las garantías constituciona
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica