MP C/ RICHARD ENRIQUE PEREZ PEREZ
Rol
Fecha
27 de enero de 2026
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Richard Enrique Pérez Pérez. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que se atribuye al encartado. Lo anterior se corrobora con la detención en flagrancia, el parte policial N°241 con las declaraciones de los funcionarios aprehensores, el registro fotográfico del cierre perimetral del inmueble y de los daños a los marcos de las ventanas, la incautación del alambre utilizado y el acta de fuerza en las cosas. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en cuenta el carácter del delito por el cual fue formalizada la investigación, esto es, un delito frustrado de robo en lugar habitado del artículo 440 N°1 del Código Penal, las circunstancias de su comisión, la pena de crimen que tiene asignada, la existencia de antecedentes penales pretéritos por un delito de la misma especie, el ser formalizado bajo el periodo de observancia de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, la prognosis de pena y la forma de cumplimiento en caso de condena; se configura un peligro para la seguridad de la sociedad que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiuno de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Pue
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiuno de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Richard Enrique Pérez Pérez. Devuélvase. Rol Penal 86-2026.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintisiete de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Richard Enrique Pérez Pérez. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto e
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