X CAPITAL SPA/MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS (DIRECC
Rol
Fecha
27 de enero de 2026
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos octavo, décimo segundo a décimo cuarto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que el Consejo de Defensa del Estado, se alzó en contra de la sentencia que acogió la demanda de cobro de pesos deducida por X CAPITAL SPA, condenando a la parte demandada a pagar a la demandante la suma de $92.055.742.- (noventa y dos millones cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta y dos pesos chilenos), más los reajustes e intereses señalados en el motivo décimo tercero del
Fallo
fallo impugnado. Sostiene que la demandante no es legítima acreedora de la obligación cuyo cumplimiento se persigue, por lo que solicita se revoque y rechace la demanda. Segundo: Que en su demanda el actor señala que es dueña y legitima tenedora del crédito contenido en la factura N°28 emitida el 15 de marzo de 2022, por un monto de $92.055.742, por CONSTRUCTORA MAKSUR SPA a MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION GENERAL DE OO PP DCYF; que se trata de una factura electrónica, la que se acompaña junto con su certificado de anotaciones en el registro de cesión, donde consta la “CESION DEL CREDITO” mismo; dando así cumplimiento al requisito que exige el artículo 9° de la ley 19.983. Afirma que dicha factura fue recibida y aceptada, sin que fuera devuelta al momento de su entrega o reclamada dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción, por lo cual y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 19983, se le debe tener por irrevocablemente aceptada, según da cuenta el certificado que acompaña al otrosí de la demanda y pide tener por interpuesta demanda ordinaria de cobro de pesos, en juicio de mayor cuantía, en contra de FISCO DE CHILE, acogerla en todas sus partes, admitirla a tramitación, conferir traslado y previo trámites legales, se condene a la demandada al pago de la suma de $92.055.742.- más reajustes, intereses y costas . Por su parte, el Fisco demandando esgrime que la actora no es legítima contradictora de la obligación cuyo cumplimiento se
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Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintiséis. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos octavo, décimo segundo a décimo cuarto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que el Consejo de Defensa del Estado, se alzó en contra de la sentencia que acogió la demanda de cobro de pesos deducida por X CAPITAL SPA, condenando a la
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