MP C/ BLANCA ESTER VIDAL MELLA
Rol
Fecha
26 de enero de 2026
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución adoptada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que sustituyó la medida cautelar de Prisión preventiva por las medidas cautelares de arresto domiciliario parcial nocturno, firma mensual y arraigo nacional respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado. 3) Que, sin embargo, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se ve satisfecha con las medidas cautelares impuestas las que aparecen como proporcional a los hechos investigados, teniendo en consideración los antecedentes presentados por la defensa, esto es, certificado de alumno regular y certificado de afiliación de Fonasa, que dan cuenta del arraigo del imputado, por lo que se confirma la resolución apelada, de fecha veintiséis de enero del año en curso, dictada por el Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Cristian Arturo Alfonso Durruty, por la cual dispuso respecto de Marlon Steven Ramos Sánchez las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno, firma mensual y arraigo nacional. Acordado lo anterior con el voto en contra del abogado integrante don Mauricio Antonio Cárdenas García, quien estuvo por revocar la medidas cautelares de menor intensidad, por estimar que los antecedentes de arraigo presentados por la defensa no son suficientes para desvirtuar el peligro de fuga, el que en consecuencia solo se ve resguardado con la medida cautelar de prisión preventiva. Téngase por notificados a los inte
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Puerto Montt, veintiséis de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución adoptada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que sustituyó la medida cautelar de Prisión preventiva por las medidas cautelares de arresto domiciliario parcial nocturno, firma mensual y arr
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