RAMOS/RAMOS
Rol
114587-2022
Fecha
14 de marzo de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO (M)
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en estos autos sobre indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual Rol C-717-2018 tramitados ante el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Ramos / Ramos”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante contra la sentencia de segunda instancia de la Corte de Apelaciones de esta ciudad de veintitrés de agosto del año en curso, que confirmó la de primer grado de fecha seis de agosto de dos mil diecinueve que rechazó la demanda. 2°.- Que en el arbitrio sostiene que la decisión impugnada infringe los artículos 384 N° 2 y 426 del Código de Procedimiento Civil, y el artículo1710 del Código Civil, afirmando –en síntesis- que el sentenciador valoró erradamente la prueba testimonial rendida en estos antecedentes. 3°.- Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, esto es que el escrito en que se interpone exprese, es decir, explicite en qué consisten y cómo se han producido el, o los errores, siempre que estos sean de derecho. 4°.- Que la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a explicar los contenidos sustantivos del instituto que hizo valer en el juicio, y versando la contienda sobre una acción de responsabilidad extracontractual quien recurre debió extender la infracción de ley a los artículos 2314 y 2329 del Código Civil, normativa que tiene carácter decisorio litis pues fueron precisamente estos preceptos los invocados como sustento jurídico de la demanda y aplicados luego por los sentenciadores para rechazarla. Al no formular tal denuncia se genera un vacío que la Corte no puede subsanar dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado. Por estas consideraciones y de conformidad con las normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo inte
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con las normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Nicolás Amadiel Ibáñez Meza, en representación de la parte demandante, contra la sentencia de veintitrés de agosto del año en curso. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Nº 114.587-2022.- Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Guillermo Silva G., Sr. Arturo Prado P., Sr. Mauricio Silva C., Sra. María Angélica Repetto G. y Abogado Integrante Sr. Diego Munita L. No firman los Ministros Sr. Silva C y Sra. Repetto no obstante ambos haber concurrido al acuerdo del fallo, por estar con feriado legal el primero y con permiso la segunda.
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Santiago, catorce de marzo de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en estos autos sobre indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual Rol C-717-2018 tramitados ante el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Ramos / Ramos”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante contra la se
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