2º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/AGRICOLA DEL NORTE SPA

Rol

Fecha

26 de enero de 2026

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, se ha deducido recurso de apelación por la institución ejecutante en contra de la resolución de primera instancia que acogió un incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento promovido por el deudor, fundado en que fue buscado, notificado y citado para requerirlo de pago en un domicilio distinto del propio. SEGUNDO: Que, la presente causa se inicia por la ejecución forzada para el cobro del pagaré suscrito por Agrícola del Norte Spa, representada por Habib Said Kamil Kabalan Acuña y suscrito por este último en calidad de avalista y codeudor solidario. TERCERO: Que, certificadas sus búsquedas positivas, se procedió a su respectiva notificación y citación para el requerimiento de pago, gestiones que estuvieron a cargo de la receptora judicial Alejandra Sanhueza Valenzuela, ministro de fe en los términos del artículo 390 del Código Orgánico de Tribunales, a lo que se debe añadir la presunción de veracidad que consigna el artículo 427 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO: Que, para los efectos de acreditar el fundamento de la alegación incidental, se acompañó en el cuaderno de incidente general un contrato de arrendamiento de 5 de febrero de 2024, no obstante, examinado aquel da cuenta que la persona jurídica que arrienda la propiedad ubicada en la Hacienda Los Molinos “El Pollo Pechugón” es distinta de la persona a quien se ejecuta en estos antecedentes, lo que resulta motivo suficiente para descartar su pertinencia como prueba del presente incidente, toda vez que no es idónea para desvirtuar la presunción de veracidad de los certificados del ministro de fe, en consonancia con el artículo mencionado en el motivo anterior. Por estas consideraciones, SE REVOCA la resolución apelada de veintiuno de octubre de dos mil veinticinco, dictada en la causa C-2131-2024 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad y en consecuencia, se resuelve que se rechaza el incidente de nulidad deducido. Comuníquese vía int

Fallo

Por estas consideraciones, SE REVOCA la resolución apelada de veintiuno de octubre de dos mil veinticinco, dictada en la causa C-2131-2024 del Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad y en consecuencia, se resuelve que se rechaza el incidente de nulidad deducido. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 524-2025 Civil.

Texto Completo (Preview)

Arica, veintiséis de enero de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, se ha deducido recurso de apelación por la institución ejecutante en contra de la resolución de primera instancia que acogió un incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento promovido por el deudor, fundado en que fue buscado, notificado y citado para requerirlo de pago en un domicilio d

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