COLQUE ESPEJO WILSON CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO
Rol
Fecha
26 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece doña Aurelia Tarqui Quispe, a favor de su esposo Wilson Colque Espejo, de nacionalidad boliviana, por quien deduce acción de amparo constitucional en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por impedir su ingreso al territorio nacional, situación que constituye una amenaza grave y actual a su derecho a la libertad personal y seguridad individual garantizado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Expone que el 16 de diciembre de 2025 amparado intentó ingresar a Chile por un paso fronterizo habilitado, oportunidad en que funcionarios de la Policía de Investigaciones le habrían informado verbalmente la existencia de una “anotación” registrada desde el año 2007, sin que se le notificara resolución escrita ni certificado formal que fundamentara el impedimento de ingreso. Señala que la negativa se habría sustentado exclusivamente en un “criterio del superior”, pese a que la supuesta anotación se encontraría cumplida o expirada, según lo manifestado por los propios funcionarios policiales. Refiere que el impedimento de ingreso se produjo sin que se le comunicaran por escrito los hechos ni la causal legal específica que justificara la decisión, ni se dejara constancia administrativa de una prohibición de ingreso, lo que a juicio de la recurrente vulnera las exigencias de legalidad, debido proceso y motivación de los actos administrativos en materia migratoria. Añade que el amparado mantiene vínculos familiares relevantes en Chile, en particular con su cónyuge, quien cuenta con residencia definitiva, y con su hija menor de edad de nacionalidad chilena, circunstancia que no habría sido considerada al momento de impedir su ingreso al país. Concluye que el actuar de la Policía de Investigaciones constituye un acto arbitrario e ilegal, al haberse impedido el ingreso del amparado sin resolución formal, sin procedimiento previo y sin comunicación escrita de la causal legal invocada, solicitando se adopten las medidas neces
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: El artículo 21 de la Constitución Política de la República prevé que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Y agrega que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que del tenor del recurso se colige que el amparado acciona contra la prohibición de ingreso al país que existiría en su contra, por carecer aquella de fundamentación y afectar su libertad y seguridad individual. TERCERO: Que valorados los antecedentes en conformidad a las reglas de la sana crítica no puede establecerse actuar ilegal o arbitrario de la autoridad recurrida, desde que no existe constancia que se le haya prohibido el ingreso al país por la resolución de expulsión emanada de la entonces Intendencia Regional de Tarapacá, por lo que la presente acción constitucional será rechazada por falta de los presupuestos de hecho que lo sustentan.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de don Wilson Colque Espejo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N°13-2026 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Iquique, veintiséis de enero de dos mil veintiséis. VISTO: Comparece doña Aurelia Tarqui Quispe, a favor de su esposo Wilson Colque Espejo, de nacionalidad boliviana, por quien deduce acción de amparo constitucional en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por impedir su ingreso al territorio nacional, situación que constituye una amenaza grave y actual a su derecho a la libertad pers
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