FIGUERA SALAS GABRIEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
26 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de GABRIEL EDUARDO FIGUERA SALAS, venezolano, el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en impedir realizar nueva postulación de residencia temporal, arbitrariedad se genera partir del principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Señala que ingresó al país solicitando residencia temporal el cual fue otorgada; en virtud del vencimiento de la misma se somete a un proceso de calcula de multa para extranjeros por los días de residencia irregular, realizando posteriormente el pago de la multa aplicada. Agrega que, realiza solicitud de prórroga de visa residencia temporal, sin embargo, al realizar el procedimiento indicada le señala que se encuentra impedido por mantener un procedimiento no resuelto el cual no ha realizado, obstaculizándole su procedimiento y no dejándolo solicitar nuevamente su permiso de residencia temporal a fin de acreditar su estadía legal y regular dentro del país Indica que el error de continuidad que se recurre deja en un estado de preocupación y vulnerabilidad al recurrente debido a que se ve imposibilitada a realizar la solicitud requerida por causas totalmente ajenas y que hasta la fecha no se encuentra disponible tal tarea. Solicita se ordene al Servicio a que se le habilite nuevas opciones para completar su solicitud o colocar a su disposición la tarea requerida en el portal oficial de trámites mediante clave única, siendo necesario para demostrar su estadía regular dentro de Chile y continuar con su proyecto de vida dentro de Chile y, acordar sin más trámite dar continuidad a su solicitud de carta de nacionalización, para de esta manera establecer el imperio del derecho. A folio 4, informa el Servicio Nacional de Migraciones, quien explica que, en el proceso digital, el documento de identidad se había quedado bloqueado de su solicitud de residencia anter
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el recurso de protección constituye una acción de naturaleza cautelar que tiene por objeto amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales y derechos establecidos en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, frente a actos u omisiones ilegales y arbitrarias que vulneren el ejercicio de los mismos, mediante la adopción de medidas destinadas a restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que, mediante la presente acción constitucional, se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho, ante la eventual actuación arbitraria e ilegal por parte de del Servicio al impedir realizar nueva postulación de residencia temporal por encontrarse bloqueada dicha opción el sistema digital. Tercero: Que, el Servicio recurrido informa que ya está liberado el sistema computacional, por lo que puede presentar una solicitud sin problemas. Cuarto: Que, como se puede apreciar, el presente arbitrio ha perdido oportunidad, toda vez que la recurrida ha dado cuenta del pronunciamiento acerca de lo solicitado por el actor, de manera que el acto ilegal y arbitrario reclamado por el recurrente ha desaparecido, no existiendo medida alguna que adoptar al respecto.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de GABRIEL EDUARDO FIGUERA SALAS contra el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-4230-2025. En Valparaíso, veintiséis de enero de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de enero de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de GABRIEL EDUARDO FIGUERA SALAS, venezolano, el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en impedir realizar nueva postulación de residencia temporal, arbitrariedad se genera partir del principio de igualdad ante la ley, confo
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