MP C/ CLAUDIO ANDRÉS URIBE ORMEÑO.
Rol
Fecha
24 de enero de 2026
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, se desprende que el nuevo antecedente invocado, esto es, el desistimiento de la víctima, no es de la entidad suficiente para estimar que han variado las circunstancias tenidas a la vista al momento de imponer la medida cautelar de prisión preventiva, en tanto se funda en razones personales que no implican negar la existencia de los delitos. En efecto, en este estadio procesal se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los cuales fue formalizada la investigación. Además, se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima, de acuerdo a lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando la pluralidad de delitos, naturaleza y forma de comisión de los mismos y bienes jurídicos protegidos. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se revoca la resolución dictada en audiencia de dieciséis de enero en curso, en los autos RIT 3434-2025 por el Juzgado de Garantía de Talangante y, que sustituyó la prisión preventiva del imputado Claudio Andrés Uribe Ormeño y, en su lugar,
Fallo
se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva a su respecto. El tribunal a quo dispondrá lo pertinente para el cumplimiento de lo ordenado. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°231-2026 Penal
Texto Completo (Preview)
Fecha: veinticuatro de enero de dos mil veintiséis. Sala: Segunda Rol Corte: 231-2026 RIT: 3434-2025 Ruc: 2500911593-8 Tribunal: Juzgado de Garantía de Talagante Relator (a): Carolina Cordero Jara Imputado: Claudio Andrés Uribe Ormeño Tipo de Recurso: Apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: 4, 5 y 6 San Miguel, veinticuatro de enero de dos mil veintiséis Vistos y oídos los intervinien
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