SIN INFORMACION

ROJAS ROMERO, LUIS EDUARDO/COMISIÓN DE REDUCCIÓN DE CONDENA

Rol

Fecha

24 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Constanza Barrueto Bravo, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Luis Eduardo Rojas Romero, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario de La Serena, y en contra de la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena del territorio jurisdiccional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, por haber excluido al actor del mencionado beneficio. Expresa que el amparado cumple una pena de 17 años presidio mayor en su grado máximo como autor de un delito de sustracción de menores y afirma que pese a reunir los requisitos para optar a la reducción de su condena, la recurrida lo habría excluido de aquel beneficio esgrimiendo la causal contemplada en la letra e) del artículo 17 de la Ley N°19.856 consistente en que el delito por el cual se condenó al postulante tenga asignada pena en abstracto de presidio perpetuo calificado. Alega que la recurrida actúa en forma ilegal y arbitraria toda vez que el actor fue condenado por un delito en grado de desarrollo frustrado, circunstancia que haría inaplicable la citada disposición legal a la situación del amparado. Sostiene que, en consecuencia, la recurrida amaga la libertad personal del recurrente al impedir acceder a la reducción de su condena prolongando en forma indebida su privación de libertad. Previas citas de derecho solicita acoger el recurso intentado y, en definitiva, resolver que “se deja sin efecto se deja sin efecto (sic) la exclusión del amparado, debiendo la Comisión recurrida convocar a una nueva sesión, y pronunciarse en período extraordinario, en relación a la procedencia de la inclusión del amparado en el proceso de calificación desde el año 2024 y los años siguientes”. SEGUNDO: Que, evacuó informe en representación de la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena del territorio jurisdiccional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena su Presidente el ministro Sr. Juan Carlos Espinosa Rojas solicitando el rechazo de la acción deducida. Expresa, en lo pertinente, que el actor fue excluido del beneficio de reducción de condena debido a que se encuentra condenado por un delito de sustracción de menores del Art. 142 del Código Penal, esto es, un injusto que atenta contra una víctima menor de edad lo que configura una de las hipótesis previstas en la causal del artículo 17 letra e) de la Ley N°19.856. TERCERO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Y agrega que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra

Fallo

por tanto, su rechazo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por la abogada Constanza Barrueto Bravo, en favor del interno Luis Eduardo Rojas Romero y en contra de la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena del territorio jurisdiccional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°41-2026 (Amparo)

Texto Completo (Preview)

Rojas Romero, Luis Eduardo Comisión Reducción de Condena Ica. La Serena Recurso de amparo Rol N°41-2026 La Serena, veinticuatro de enero de dos mil veintiséis. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Constanza Barrueto Bravo, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Luis Eduardo Rojas Romero, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario de La Serena,

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