JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE TALCA

CLAVERIE/CONSTRUCTORA CERUTTI S A

Rol

Fecha

22 de enero de 2026

Materia

DESPIDO INDIRECTO

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que a folio 103 de autos RIT O-557-2023 del Juzgado de letras del Trabajo de Talca, comparece el abogado don MAURICIO LOZANO DONAIRE, en representación de la demandada CONSTRUCTORA CERUTTI e interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 19 de agosto de 2024, en la cual se acogió totalmente la demanda y se condenó al pago de una serie de prestaciones, a objeto de que dicho tribunal la anule y en consecuencia invalide la sentencia recurrida, y dictando sentencia de reemplazo, acoja una o más de las excepciones o defensas opuestas y en consecuencia rechace la demanda. Funda su recurso, en la causal del articulo 477 del Código del Trabajo, por haberse incurrido en infracción de la ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, como antecedentes del recurso el recurrente explica que el demandante ha interpuesto una acción en procedimiento ordinario de auto despido, nulidad del despido, y cobro de prestaciones, en contra de su ex empleadora. El fundamento de la demanda radica en que supuestamente mi representada habría cometido varias infracciones al contrato de trabajo suscrito, lo cual en sus términos tendrían el carácter de “graves”. Con fecha 19 de agosto de 2024 el tribunal dicta sentencia definitiva de primera instancia en donde, resuelve: “

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales ya citadas y lo dispuesto en los artículos 415, 420, 425, 446, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, SE ACOGE en todas sus partes la demanda deducida por don Philippe Andre Claverie Contreras, en contra de Constructora Cerutti S.A, ya individualizados, declarándose en consecuencia: I.- Que la demandada Constructora Cerutti S.A incurrió en un grave incumplimiento contractual, por lo que el contrato con el demandante terminó por aplicación justificada del despido indirecto, debiendo la demandada pagar al demandante las siguientes sumas de dinero: a.- $1.304.167 por concepto de Indemnización sustitutiva del aviso previo. b.- $14.345.837 por concepto de indemnización por el periodo de 11 años de servicio. c.- $7.172.919 por concepto de recargo de un 50% de la indemnización por años de servicios II.- Que el ejercicio del actor del despido indirecto, no produce el efecto de poner término al contrato para fines remuneraciones y, en consecuencia, al haber incurrido la demandada en la infracción del artículo 162 inciso 5° del Código del Trabajo, se condena a la demandada a pagar al demandante las remuneraciones desde la fecha del término del contrato, esto es, desde el 11 de septiembre de 2023 hasta la convalidación legal sobre la base de una remuneración de $1.304.167. III.- Que la demandada deberá pagar a AFP Habitat las cotizaciones respectivas sobre la base de una remuneración imponible de $1.304.167, debiendo oficiarse a dicha in

Texto Completo (Preview)

Talca, veintidós de enero de dos mil veintiséis. Vistos: Que a folio 103 de autos RIT O-557-2023 del Juzgado de letras del Trabajo de Talca, comparece el abogado don MAURICIO LOZANO DONAIRE, en representación de la demandada CONSTRUCTORA CERUTTI e interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 19 de agosto de 2024, en la cual se acogió totalmente la demanda y se condenó

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica