SIN INFORMACION

CASTILLO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: ​ Que, a folio 1 comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de doña GREYS CASTILLO MARIN, de nacionalidad venezolana, deduciendo acción de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización. Alega, que dicha omisión vulnera el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2° de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley 19.880 y asimismo con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 21.325 y el artículo 2 del Decreto 5142. Solicita se ordene al recurrido tramitar y finalizar el procedimiento administrativo, con costas. ​ A folio 4, el Servicio Nacional de Migraciones, evacúa su informe, señalando que la solicitud se encuentra en trámite, en etapa de "Primer Análisis" y que la demora se justifica en el aumento exponencial de solicitudes, constituyendo un caso de fuerza mayor que excusa el cumplimiento del plazo del artículo 27 de la Ley 19.880, el cual califica de no fatal. Afirma, que registra alrededor de 635.000 solicitudes de residencia definitivas recepcionadas por este organismo público, además de las solicitudes de Nacionalización. ​ A folio 5, Se trajeron los autos en relación. ​ Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: ​ Primero: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales constituye una acción cautelar destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, frente a actos u omisiones arbitrarias o ilegales. ​ Segundo: Que, de los antecedentes que obran en la causa, en especial del informe de la recurrida, consta que Greys Castillo Marín presentó su solicitud de Carta de Nacionalización (ID 64898752) con fecha 18 de mayo de 2023. A la fecha de la vista de esta causa, la administración mantiene el procedimiento en etapa de "Primer Análisis" sin una decisión terminal. Tercero: Que, en la tramitación del requerimiento tendiente a la obtención de la nacionalización, se advierte el recurrente ha sufrido una dilación excesiva en el procedimiento, lo cual permite concluir que la Servicio Nacional de Migraciones ha infringido ilegal y arbitrariamente, los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7° y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de GREYS CASTILLO MARIN en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, solo en cuanto el servicio deberá dictar dentro del plazo de treinta días la resolución que en derecho corresponda conforme al procedimiento respectivo. Regístrese, notifíquese, y en su oportunidad archívese. N°Protección-6193-2025. En Valparaíso, veintiuno de enero de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de enero de dos mil veintiséis. Visto: ​ Que, a folio 1 comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de doña GREYS CASTILLO MARIN, de nacionalidad venezolana, deduciendo acción de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalizac

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