2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CONTRERAS/SIMA PROTECTS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA SPA

Rol

Fecha

21 de enero de 2026

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Por sentencia de diez de octubre de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT O-4054-2023, caratulada “Contreras con Sima Protects Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada SPA”, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se acogió la demanda de indemnización de perjuicios por daño moral derivado de accidente del trabajo interpuesta por doña Sofía Catalina Contreras Paya en contra de Sima Protects Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada SPA y de Intercarry Logística Limitada, condenando – en forma solidaria - a ambas demandadas a pagar a la actora la suma de diez millones de pesos, por concepto de daño moral, con reajustes, intereses y costas. Contra dicho fallo recurrió la parte demandada solidaria Intercarry Logística Limitada, por la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N°4 del mismo cuerpo legal, y subsidiariamente por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandada solidaria Intercarry Logística Limitada invoca como causal principal la establecida en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, que dispone que el recurso de nulidad procederá cuando la sentencia se hubiere dictado con omisión de cualquiera de los requisitos establecidos en el artículo 459 del Código del Trabajo. Específicamente, la recurrente denuncia la omisión del requisito contemplado en el artículo 459 N°4, que establece que la sentencia definitiva deberá contener el análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación. Sostiene que la sentencia impugnada carece de consideraciones, análisis y razonamiento destinados a fundar la cuantía de la indemnización otorgada. Señala que, si bien el

Fallo

fallo recurrió la parte demandada solidaria Intercarry Logística Limitada, por la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N°4 del mismo cuerpo legal, y subsidiariamente por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandada solidaria Intercarry Logística Limitada invoca como causal principal la establecida en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, que dispone que el recurso de nulidad procederá cuando la sentencia se hubiere dictado con omisión de cualquiera de los requisitos establecidos en el artículo 459 del Código del Trabajo. Específicamente, la recurrente denuncia la omisión del requisito contemplado en el artículo 459 N°4, que establece que la sentencia definitiva deberá contener el análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación. Sostiene que la sentencia impugnada carece de consideraciones, análisis y razonamiento destinados a fundar la cuantía de la indemnización otorgada. Señala que, si bien el fallo analiza la prueba entre los considerandos cuarto a décimo cuarto para establecer la responsabilidad contractual, el considerando décimo quinto se limita a señalar escuetamente que el sentenciador "estima que el daño moral sufrido por el demandante se verá res

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C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de enero dos mil veintiséis VISTOS: Por sentencia de diez de octubre de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT O-4054-2023, caratulada “Contreras con Sima Protects Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada SPA”, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se acogió la demanda de indemnización de perjuicios por daño moral derivado de

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