SIN INFORMACION

VARAS/HOSPITAL EL PINO (SERVICIO DE SALUD METROPOLITANA SUR)

Rol

Fecha

21 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y teniendo presente: San Miguel, veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco Visto y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°) Que, sin perjuicio que la presentación de folio 1 es idéntica al recurso N°210-2026 Protección, en cuanto a la persona en cuyo favor se recurre, el acto cuestionado y las peticiones formuladas, los hechos denunciados y, en especial el petitorio de la acción, exceden de las materias que son de conocimiento del recurso de protección, no siendo ésta la vía idónea para resolver las problemáticas relatadas en su libelo, las que se encuentran en conocimiento de un tribunal de familia, esto es, bajo el imperio del derecho, lo que no es compatible con una acción estrictamente cautelar como la incoada. Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto en lo principal de folio 1. Archívese, en su oportunidad. N°232-2026 Protección

Fallo

fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto en lo principal de folio 1. Archívese, en su oportunidad. N°232-2026 Protección

Texto Completo (Preview)

CH/nbm San Miguel, veintiuno de enero de dos mil veintiséis. A la presentación de folio 1: Visto y teniendo presente: San Miguel, veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco Visto y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan

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