ZEPEDA/I. MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Rol
Fecha
21 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Sara Marcela Zepeda Zepeda, comerciante, interponiendo recurso de amparo económico en contra de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, impugnando el Decreto Exento N°2056, de 31 de julio de 2025, mediante el cual la autoridad edilicia resolvió no renovar la patente de alcoholes Rol N°400118, correspondiente al establecimiento comercial denominado “Fuente de Soda Doña Tato”, infringiendo el derecho de la recurrente a desarrollar una actividad económica lícita, consagrado en el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República. Señala que es titular legítima de la referida patente de alcoholes, la cual se encontraba vigente y completamente pagada hasta el término del período respectivo, cumpliendo el establecimiento con las exigencias sanitarias, municipales y de seguridad que regulan su funcionamiento, constituyendo además dicha actividad comercial su principal fuente de ingresos y el sustento económico de su grupo familiar y de los trabajadores que dependen del negocio. Explica la decisión de no renovación adoptada por la recurrida carece de un sustento fáctico real y objetivo, por cuanto se funda en supuestas infracciones reiteradas y en la existencia de multas pendientes que no corresponden a la realidad, toda vez que, según certificaciones oficiales emanadas de los Juzgados de Policía Local competentes, no existen procesos vigentes ni sanciones pecuniarias impagas asociadas a la patente de alcoholes de que es titular. Agrega que las infracciones invocadas por la Municipalidad como fundamento del acto impugnado fueron oportunamente conocidas y resueltas por los tribunales competentes, siendo calificadas jurídicamente como faltas de mínima entidad y sancionadas únicamente con amonestaciones, sin imposición de multas ni declaración alguna de gravedad o reincidencia, circunstancia que desvirtúa la premisa fáctica utilizada por la autoridad administrativa para justificar una medida terminal como la no renovación de la patente. Añade que la medida adoptada resulta manifiestamente desproporcionada, por cuanto impone en los hechos una clausura definitiva del establecimiento frente a conductas que el propio órgano jurisdiccional estimó de escasa relevancia, afectando gravemente su derecho a ejercer una actividad económica lícita, su derecho de propiedad sobre la patente y la continuidad de su proyecto de vida, configurándose así la hipótesis de procedencia del amparo económico regulado por la Ley N° 18.971. Finalmente, solicita que se declare la ilegalidad y arbitrariedad del acto administrativo impugnado, se deje sin efecto el Decreto Exento N° 2056 y se ordene a la recurrida proceder a la renovación de la patente de alcoholes Rol N° 400118, permitiéndole continuar con el ejercicio legítimo de su actividad comercial. SEGUNDO: Que, a folio 12 del expediente digital, se evacuó informe por la I. Municipalidad de Coquimbo, solicitando el rechazo del recurso, con costas. Alega, en primer término la exist
Fallo
se resuelve: I.- Que, SE ACOGE la excepción de cosa juzgada, formulada por la recurrida Ilustre Municipalidad de Coquimbo. II.- Que, SE RECHAZA, con costas, el recurso de amparo económico interpuesto por Sara Marcela Zepeda Zepeda, en contra de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo. Comuníquese, regístrese, y consúltese, si no se apelare. Rol N° 729-2025 (Amparo).
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Zepeda Zepeda, Sara Marcela Municipalidad de Coquimbo Recurso de Amparo Económico Rol Nº729-2025 La Serena, veintiuno de enero de dos mil veintiséis. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Sara Marcela Zepeda Zepeda, comerciante, interponiendo recurso de amparo económico en contra de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, impugnando el Decreto Exento N°2056, de 31 de julio de 2025, mediante
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