JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ DARIO HERMOSILLA GONZALEZ

Rol

Fecha

21 de enero de 2026

Materia

LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la Defensa, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado DARIO HERMOSILLA GONZÁLEZ. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que se le atribuye al imputado. 3°) Que, a su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza y número de los delitos por la cual fue formalizada la investigación, esto es, el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar y delito de desacato, la naturaleza de los ilícitos, la forma de comisión y que el imputado mantiene otras causas por los mismos delitos y en contra de la misma víctima, en las que se puede advertir un actuar violento, compartiendo este tribunal, la fundamentación del tribual a quo, y teniendo en consideración que, en las causas que mantiene vigente, no ha dado cumplimiento a las medidas cautelares de menor intensidad, se configura un peligro para la seguridad de la víctima,

Fundamentos

considerando que es un deber del Estado su resguardo, se estima que la medida cautelar impuesta es la adecuada para este fin.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de diecisiete de enero de dos mil veintiséis, dictada por el juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, Francisco Almonacid Faundez que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Darío Hermosilla González Devuélvase. Rol Penal 67-2026.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, Veintiuno de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la Defensa, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado DARIO HERMOSILLA GONZÁLEZ. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en

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