OLAVE VILLARROEL JOHNNY GUILLERMO /COMISION LIBERTAD CONDICIONAL (C.L.C)
Rol
Fecha
21 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, comparece doña Karen Andrea Godoy Schmied, abogada, defensora penal pública penitenciaria, interponiendo recurso de amparo en favor del condenado Johnny Guillermo Olave Villarroel, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que por resolución de fecha 28 de octubre de 2025, rechazó la solicitud del amparado, pidiendo que sea dejada sin efecto y en su lugar se conceda el mencionado beneficio. Explica que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de receptación, una condena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de robo en lugar no habitado y una pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio por el delito de robo con intimidación. Conforme a la información de Gendarmería de Chile, inició el cumplimiento de estas penal el 6 de febrero de 2014, con fecha de término para el 12 de junio de 2026, por lo que cumplió el tiempo mínimo de postulación el 3 de mayo de 2022. Que cumple con creces los requisitos legales para acceder a la libertad condicional, dada la calificación de conducta que mantiene, así como un informe psicosocial del área técnica que orienta sobre el riesgo de reincidencia y posibilidades de reinserción, pese a lo cual la recurrida igualmente rechazó la postulación, acto que se considera ilegal al no haberse respetado la normativa vigente respecto de la libertad condicional. Sostiene que la Comisión ha invocado aspectos negativos del informe del actor, pero ello no basta para fundar adecuadamente una decisión, sin que se pueda obstaculizar el beneficio por el solo hecho de que aun existan áreas por intervenir, ya que parte del beneficio es la supervisión y tratamiento a fin de trabajar aspectos negativos, pero en un ambiente en libertad. Segundo: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidenta subrogante, señora ministra (s) Macarena Rebolledo Rojas, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y que, por unanimidad de sus miembros, la comisión rechazó la concesión del beneficio solicitado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. Tercero: Que, de los antecedentes agregados a los autos, consta que mediante resolución de fecha veintiocho de octubre de dos mil veinticinco, la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones rechazó la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional correspondiente al primer semestre del año en curso. En dicha resolución se consigna que, si bien el postulante cumplía con los requisitos objetivos establecidos en los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N°321, al haber permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo requerido y mantener conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, existían factores
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N.° 321 de 1925, 12 del Decreto N.° 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso en favor del condenando Johnny Guillermo Olave Villarroel, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-178-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de enero de dos mil veintiséis. Al escrito folio 7: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que, comparece doña Karen Andrea Godoy Schmied, abogada, defensora penal pública penitenciaria, interponiendo recurso de amparo en favor del condenado Johnny Guillermo Olave Villarroel, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que por resoluc
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