SIN INFORMACION

ROJAS/THAYER

Rol

Fecha

21 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: La comparecencia de Alexis Rojas Rosendo, cédula de identidad para extranjeros N°27.441.107-4, de nacionalidad venezolana, domiciliado en calle Almte. Juan José Latorre N°2428 de Antofagasta, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por su decisión ilegal y arbitraria mediante Resolución Exenta N°2500100278329 de 24 de noviembre de 2025, que rechaza solicitud de Residencia Definitiva y dispone abandono del país en contra del recurrente, solicitando se deje sin efecto la resolución impugnada, decretando se acoja la Residencia Temporal del recurrente (sic). El recurrido Servicio Nacional de Migraciones, informó el recurso, pidiendo el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en el recurso indica el recurrente que ingresó a Chile por un paso habilitado el 7 de enero de 2019, vía terrestre, por el paso de Chacalluta de Arica, en calidad de extranjero transeúnte, con su respectivo permiso transitorio. Añade que, para formar un proyecto de vida en el país, se trasladó a Antofagasta, donde buscó empleo, logrando encontrar en el establecimiento denominado Casa Habitación Antofagasta, donde se desempeñó como “Mayordomo”, desde el 20 de junio de 2019 hasta el 20 de abril de 2023, por un tiempo aproximado de 4 años, según consta en contrato de trabajo que adjunta. Indica que logró cambiar su categoría migratoria, obteniendo su primera residencia temporal durante el año 2021, según certificado de registro de primera visa que se acompaña y posteriormente prorrogó su residencia temporal, por un plazo aproximado de dos años más, según consta en copia de cédula de identidad para extranjero, emitida el 10 de septiembre del año 2022, con fecha de vencimiento el 8 de agosto del año 2024. Explica que, cumpliendo los requisitos legales y dentro del plazo establecido, envió solicitud de residencia definitiva con fecha 28 de mayo de 2024 y el 10 de junio de 2024, se le notifica cod. trámite nro. 70439608, que indica: “solicita documentos adicionales y pago de derechos”. Añade que lo solicitado anteriormente fue cumplido y subsanado como acredita, mediante la recepción por el Servicio Nacional de Migraciones de los documentos solicitados, según correo electrónico enviado el 19 de junio de 2024, que señala lo siguiente: “Estimado(a) Alexis, respecto a su solicitud ID 70439608, se informa que los documentos fueron recepcionados y serán analizados en la siguiente etapa. De requerirse nuevos antecedentes les serán solicitados por este mismo medio”. Atte. Servicio Nacional de Migraciones”. Expresa que el 10 de julio de 2025 se le envía mediante correo electrónico: “Notificación Previo Rechazo: Para cancelar los derechos de la residencia definitiva, usted deberá ingresar con su Clave única o cuenta Login a https://tramites.extranjeria.gob.cl/, ir a su Bandeja de Entrada, donde encontrará la solicitud enviada anteriormente, dar click en realizar, lo que dará paso al PROCESO DE PAGO… “; Debe acreditar sustento económico, por ejemplo: copia del contrato de trabajo actual ante notario, certificado de vigencia de contrato emitido por su empleador ante notario y certificado histórico de cotizaciones previsionales de AFP y Salud, o bien, Certificado de inicio de actividades emitido por SII y copia de los pagos I.V.A o bien declaración jurada de expensas ante notario y sustento económico de su sostenedor, ya que su sostenedor actual no es viable”. Hace presente que le solicitan nuevamente documentación ya enviada y recibida satisfactoriamente por el Servicio Nacional de Migraciones, además se solicita nuevamente pago de derechos, el cual ya se había completado, mediante la plataforma disponible para ello, según consta en tick

Fallo

Por estas consideraciones, y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA sin costas el recurso de protección deducido por don Alexis Rojas Rosendo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y comuníquese. Rol 2256-2025 (Protección)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintiuno de enero de dos mil veintiséis. VISTOS: La comparecencia de Alexis Rojas Rosendo, cédula de identidad para extranjeros N°27.441.107-4, de nacionalidad venezolana, domiciliado en calle Almte. Juan José Latorre N°2428 de Antofagasta, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por su decisión ilegal y arbitraria median

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