SIN INFORMACION

LUNA CONTRERAS JUAN CARLOS CONTRA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

21 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Comparece don Juan Carlos Luna Contreras, quien deduce acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), por los actos que califica de ilegales y arbitrarios consistentes en el rechazo de siete licencias médicas consecutivas, acto perturba y amenaza el legítimo ejercicio de sus derechos consagrados en los artículos 19 numerales 1, 2, 9 y 18 de la Constitución Política de la República. Expone que sufrió una lesión traumatológica grave consistente en la rotura de los tendones del cuádriceps de ambas rodillas, patología que le genera una incapacidad funcional severa y objetivable, por lo cual fue sometido a una cirugía de reparación tendinosa bilateral con instalación de anclajes de titanio en ambas rodillas, antecedentes que constan en su historial médico. Indica que, como consecuencia directa de dicha lesión, su médico tratante le prescribió reposo laboral prolongado, otorgándole siete licencias médicas continuas, todas vinculadas a la misma patología, con continuidad clínica y terapéutica, las cuales fueron rechazadas por la SUSESO bajo la causal genérica de “reposo injustificado”, sin una fundamentación clínica específica ni una explicación técnica individualizada Añade que, posteriormente, se emitió una octava licencia médica correspondiente al mes de diciembre de 2025, por treinta días a contar del 19 de diciembre del mismo año y por idéntico diagnóstico, la cual fue aprobada por la Isapre Banmédica, reconociéndose de ese modo la procedencia del reposo médico. Sostiene que ello configura una contradicción administrativa manifiesta, desde que se rechazaron siete licencias consecutivas y se aprobó la siguiente sin que existiera modificación alguna en su condición médica. Señala, además, que se encuentra actualmente tramitando un procedimiento de pensión de invalidez derivado exclusivamente de la lesión traumatológica descrita, trámite que se mantiene vigente y que coexiste con las licencias médicas rechazada

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 20 de la Constitución Política de la República concede, a quien por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías taxativamente señalados, la acción cautelar de protección a fin de impetrar del órgano jurisdiccional se adopten de inmediato las medidas o providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. De lo anterior se infiere que para su procedencia es requisito indispensable la existencia de un acto u omisión ilegal, es decir, contrario a derecho, en el sentido de vulnerar un precepto normativo obligatorio, o bien, arbitrario, esto es, producto del mero capricho de quien incurre en él, de modo que la arbitrariedad significa carencia de razonabilidad en el actuar u omitir. SEGUNDO: Que del recurso se colige que el recurrente reclama en contra de las resoluciones exentas dictadas por la Superintendencia de Seguridad Social mediante las cuales se confirmó el rechazo de diversas licencias médicas extendidas entre los meses de mayo y septiembre de 2025, en particular aquellas correspondientes a los números 118697807-9 y 120092084-4, por un total de 60 días de reposo a contar del 23 de mayo de 2025, así como las licencias 121169810-8 y 122551415-8, por un total de 60 días de reposo a contar del 22 de julio de 2025, y la licencia 123754475-3, extendida por 30 días a contar del 20 de septiembre de 2025, todas rechazadas por la causal de reposo no justificado, fundando el actor que dichos actos administrativos serían ilegales y arbitrarios y conculcarían las garantías fundamentales consagradas en los numerales 1, 2, 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. TERCERO: Que, en cuanto al fondo, del análisis de los antecedentes acompañados por las partes y de las resoluciones dictadas por la Superintendencia de Seguridad Social que constan en autos, se desprende que dicho órgano confirmó el rechazo de determinadas licencias médicas fundado en la causal de reposo no justificado, haciendo suyos los fundamentos expuestos con anterioridad por la autoridad administrativa competente. Asimismo, se advierte que, al conocer de las solicitudes de reconsideración presentadas por el recurrente, la Superintendencia estimó que los antecedentes aportados no permitían establecer una justificación terapéutica suficiente para la prolongación de los reposos prescritos, atendido que no se acompañaron nuevos elementos clínicos distintos de aquellos que ya habían sido previamente ponderados en instancias anteriores. CUARTO: Que, de esta forma, no constando antecedentes que desvirtúen el acto administrativo que rechazó la reconsideración en contra de la resolución que confirmó el rechazo de las licencias médicas, no se advierte en el acto reclamado la ejecución de alguna conducta ilegal o arbitraria por parte de la recurrida que afecte o vulnere la

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA en todas sus partes, el recurso de protección interpuesto en favor de don Juan Carlos Luna Contreras. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N°1873-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

Iquique, veintiuno de enero de dos mil veintiséis. VISTO: Comparece don Juan Carlos Luna Contreras, quien deduce acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), por los actos que califica de ilegales y arbitrarios consistentes en el rechazo de siete licencias médicas consecutivas, acto perturba y amenaza el legítimo ejercicio de sus derechos consa

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica