M.P. C/ EDGAR RAFAEL MALPICA MORIN
Rol
Fecha
21 de enero de 2026
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE MUERTE ART. 196 INC. 3 LEY DE TRANSITO.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos Rol Corte 159-2026 y RIT 194-2026 del Juzgado de Garantía de San Antonio, se ha deducido recurso de apelación por la defensa de Edgar Rafael Malpica Morin, en contra de la resolución de fecha 13 de enero de 2026, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. Segundo: Que el recurrente sostiene que, pese a concurrir los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, no se verifica la necesidad de cautela de la letra c) del mismo cuerpo legal. Argumenta la concurrencia de las atenuantes del artículo 11 N°6, 8 y 9 del Código Penal, junto con la configuración de una pena natural derivada del vínculo con las víctimas, lo que a su juicio permitiría asegurar los fines del procedimiento con medidas de menor intensidad. Tercero: Que, en lo relativo a los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, los antecedentes de la carpeta investigativa —especialmente el parte policial y el examen de alcotest que indica 2,29 gramos por litro de alcohol en la sangre— permiten tener por justificada la existencia del delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte y lesiones graves, y la participación del imputado en calidad de autor. Cuarto: Que, en cuanto a la necesidad de cautela, esta Corte estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Lo anterior se desprende de la naturaleza del hecho imputado y la cuantía de la pena asignada. La conducción con una dosificación de alcohol de 2,29 g/l constituye una infracción normativa de alta entidad que incrementa el riesgo para los bienes jurídicos protegidos. En la especie, dicha conducta se tradujo en resultados lesivos consistentes en el fallecimiento de dos personas y lesiones graves de una tercera, lo que sitúa el desvalor de la acción y del resultado en los umbrales superiores de la escala penal respectiva. Quinto: Que e
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 149 y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de trece de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Edgar Rafael Malpica Morin. Notifíquese, comuníquese y devuélvase por la vía más expedita. N°Penal-159-2026.
Texto Completo (Preview)
Jfah.- C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a veintiuno de enero de dos mil veintiséis, a las 10:00 horas, ante la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso, presidida por el Ministro señor Pedro García Muñoz, e integrada, además, por la Ministra Suplente señora Roxana Valenzuela Reyes y por el Abogado Integrante señor Guillermo Oliver Calderón, para
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica