SIN INFORMACION

MARIN/AFP HABITAT S.A

Rol

Fecha

21 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Marianna de los Ángeles Marin Bolívar, de nacionalidad venezolana, domiciliada en Avenida José Miguel Carrera Nº6321, comuna de San Miguel, dedujo recurso de protección en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Habitat S.A., representada por Alejandro Bezanilla Mena, ambos domiciliados en Avenida Providencia Nº1909, comuna de Providencia, fundado en el carácter arbitrario e ilegal del acto de 29 de julio de 2025, mediante el cual se rechazó su solicitud de retiro de fondos previsionales formulada conforme a lo dispuesto en la Ley N°18.156, que regula la exención de cotizaciones previsionales para técnicos extranjeros y la posibilidad de solicitar la devolución de los fondos acumulados en caso de afiliación a un régimen previsional extranjero. Explica que, habiendo presentado ante la AFP recurrida los antecedentes requeridos para acreditar su afiliación al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), la administradora denegó la solicitud, argumentando que la constancia electrónica de cotizaciones carecía de firma autorizada y no se encontraba apostillada ni legalizada, de modo que no cumplía los requisitos formales para producir efectos en el país. Sostiene que tal razonamiento constituye una interpretación excesivamente formalista de la normativa, que desatiende la finalidad de la ley y desconoce la validez de documentos electrónicos verificables a través del sitio web oficial del IVSS, cuya autenticidad puede constatarse mediante un código alfanumérico de verificación. Alega el recurrente que cumple con todas las condiciones exigidas por la Ley N°18.156, esto es, mantener afiliación vigente a un régimen de seguridad social extranjero que otorga prestaciones de enfermedad, invalidez, vejez y muerte, y haber manifestado su voluntad de mantenerse adscrito a dicho sistema. Añade que la AFP ha incorporado requisitos no previstos en la ley, afectando co

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de protección deducido a favor de Marianna de los Ángeles Marin Bolívar, en contra de AFP Habitat S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 3258-2025 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiuno de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Marianna de los Ángeles Marin Bolívar, de nacionalidad venezolana, domiciliada en Avenida José Miguel Carrera Nº6321, comuna de San Miguel, dedujo recurso de protección en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Habitat S.A., represen

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